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A Abel Caballero Álvarez, alcalde de Vigo y presidente de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP): cumpla y haga cumplir la ley. Por el Coronel Efrén Díaz Casal

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Sr. Caballero:

 

Sus inciviles silencios a mis dos misivas anteriores solicitándole que las entidades que preside, Ayuntamiento de Vigo y Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), tramiten legalmente los actos religiosos en la vía pública, me obligan a dirigirle estas líneas exhortándole una vez más a que cumpla y haga cumplir lo dispuesto al efecto por la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión.

Vuelvo a comunicarle que el Artículo octavo de la citada Ley Orgánica 9/1983, dispone que “La celebración de reuniones en lugares de tránsito público y de manifestaciones deberán ser comunicadas por escrito a la autoridad gubernativa correspondiente por los organizadores o promotores de aquéllas…”. Es público y notorio que las autoridades municipales no están consideradas como autoridades gubernativas en ningún texto legal.

 

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Igualmente le notifico que, en escrito de REF NOR/, SALIDA Nº 3982 de 14 de JUL 2017, el Director del Gabinete de Coordinación y Estudios de la Secretaría de Estado de Seguridad me comunica que “las reuniones con finalidad religiosa en lugares de tránsito público deben quedar sujetas al régimen general de comunicación de los artículos 8 a 11 de la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del Derecho de Reunión…”

 

Por otra parte, en la 3ª página por orden de apertura de la Guía para la gestión pública de la diversidad religiosa, publicada por el Observatorio del pluralismo religioso en España, figura que su contenido ha sido revisado y validado, entre otros, por una comisión de dicha entidad de la que forma parte la FEMP que usted preside, proclamando en sus páginas 16, 17 y 18, que “el marco normativo aplicable para las celebraciones religiosas en la vía urbana, es la mencionada Ley Orgánica 9/1983 y la reforma realizada a la misma por la Ley Orgánica 9/1999, de 21 de abril”.

 

Además, la Web de la FEMP, Home/Comunicación/Noticias/Pág.59 de 260/01/Abril 2014, remite a la mencionada Guía anunciando que “el Observatorio del Pluralismo Religioso en España ha puesto en marcha un Servicio de Asesoramiento dirigido a las Administraciones, “para garantizar que la gestión pública de la diversidad religiosa se realiza con las máximas garantías técnicas y jurídicas posibles”, lo que induce a dudar de su cordura puesto que hace otra cosa distinta de la que dice.

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El Artículo 21.1. de muestra Constitución determina que “Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho no necesitará autorización previa”. Es obvio que, a usted, le importa un bledo esta norma, como igualmente el Artículo tercero. 1 de la Ley Orgánica 9/1983, de15 de julio, reguladora del derecho de reunión, al disponer que “Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho no necesitará autorización previa”.

 

A sus anteriores demasías se añade la discriminación prohibida por el Artículo 14 de nuestra Constitución, a la que usted somete a la población católica, al autorizar o denegar sus actos religiosos en la vía pública, en tanto que los promotores y organizadores de cualesquiera actos en la vía pública se limitan a comunicarlos a su respectiva Delegación o Subdelegación del Gobierno en cumplimiento de cuanto dispone la mencionada Ley Orgánica 9/1983.

 

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Su lista de arbitrariedades alcanza su cenit con el hecho de que la solicitud de autorización al respectivo Ayuntamiento de actos religiosos en la vía pública, implica un tácito reconocimiento de la independencia del correspondiente municipio al vulnerar el principio constitucional de jerarquía normativa que consagra el Artículo 9.3 de nuestra Constitución.

 

Es preciso reseñar que la autorización o denegación municipal de actos religiosos en la vía pública, constituye una usurpación de las atribuciones conferidas a las autoridades gubernativas por los artículos 73.3 y 75.b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, tipificada en el Artículo 506 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, al disponer que “La autoridad o funcionario público que, careciendo de atribuciones para ello, dictare una disposición general o suspendiere su ejecución, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años, multa de seis a doce meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis a doce años”.

 

Resulta por tanto evidente que estos hechos, protagonizados por las entidades asociadas a la FEMP y el Ayuntamiento de Vigo presididos por usted, constituyen punibles ejemplos de ilegalidad a la par que monumentos a la incoherencia que le descalifican como responsable de tan caótica y punible situación, con el consiguiente deterioro de la imagen y el prestigio de España en el interior y en el exterior, y las negativas consecuencias que de ello se derivan.

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El hecho de que todos los municipios estén autorizando o denegando actos religiosos en su vía pública, constituye además un incomprensible e intolerable desprecio al trabajo desarrollado por el personal de la federación que usted preside y de otros colectivos dignos de respeto en la revisión y validación de la precitada Guía para la gestión pública de la diversidad religiosa, y un escarnio gratuito a los mismos, incompatibles con sensatas y cívicas complicidades.

 

Su contumaz reincidencia, propia de un irredento y anacrónico autócrata, reclama la aplicación del Artículo 8. 2º párrafo del Reglamento de Régimen Interior de la FEMP ”Asimismo, hará llegar a los mencionados destinatarios las circulares que se elaboren para informar sobre aspectos concretos que afecten de forma general a las Corporaciones que integran la Administración Local”. En otros casos tan fútiles como espurios, lo ha hecho sin rubor alguno.

 

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De conformidad con la norma anterior, con el fin de no continuar vulnerando la ley ni menospreciando a sus semejantes, y por elementales razones de ética, decoro e higiene mental, es por tanto inexcusable concluir a la mayor brevedad posible la ilegal y esperpéntica situación descrita que usted alienta en su ámbito local y en el nacional, mediante una circular a los municipios asociados a la federación cuya presidencia todavía detenta, exhortándoles a tramitar los actos religiosos en la vía pública según lo dispuesto por la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión.
Solicito la publicación de dicha circular en la Web de la precitada Federación y copia de la misma, quedando a la espera de respuesta si su educación es capaz de vencer a su patológico totalitarismo,
Atentamente,  
                  

Efrén Díaz Casal
Coronel de Infantería (R)

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Opinión

No vivimos en la Arcadia Feliz, sino en tiempos de excepción. Por Ernesto Milá.

Ernesto Milá

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Ya he contado más de una vez que el “pare Valls”, el único padre escolapio al que llegué a apreciar, nos contaba cuando éramos párvulos, la diferencia entre “pecado venial” y “pecado mortal”. Y ponía como ejemplo la bata que llevábamos: cuando esa bata se manchaba por aquí o por allí, se lavaba y quedaba renovada, pero si, por el contrario, la bata estaba desgarrada, con costurones y remiendos por todas partes, desgastada por el uso, con manchas que se iban acumulando, no había remedio posible. Se tiraba y se compraba otra nueva. Aquel ejemplo se me quedó en la cabeza. Yo tenía entonces cinco años. Era 1957 y fue una de las primeras lecciones que recibí en el colegio de los Escolapios de la calle Balmes. Es hora de aplicar el mismo ejemplo a nuestro tiempo.

Hay situaciones “normales” que exigen abordarlas de manera “normal”. Por ejemplo, cuando alguien es detenido por un hurto. En una situación “normal”, cuando se da ese pequeño delito -pero muy molesto para la víctima- es razonable que el detenido disponga de una defensa jurídica eficiente, que reciba un trato esmerado en su detención y un juicio justo. Pero hay dos situaciones en las que esta política de “paños calientes” deja de ser efectiva: en primer lugar, cuando ese mismo delincuente ha sido detenido más de 100 veces y todavía está esperando que le llegue la citación para el primer juicio. En segundo lugar, cuando no es un delincuente, sino miles y miles de delincuentes los que operan cada día en toda nuestra geografía nacional.

Otro ejemplo: parece razonable que un inmigrante que entra ilegalmente en España pueda explicar los motivos que le han traído por aquí, incluso que un juez estime que son razonables, después de oír la situación que se vive en su país y que logre demostrar que es un perseguido político o un refugiado. Y parece razonable que ese inmigrante disponga de asistencia jurídica, servicio de traductores jurados y de un espacio para vivir mientras se decide sobre su situación. Y eso vale cuando el número de inmigrantes ilegales es limitado, pero, desde luego, no es aplicable en una situación como la nuestra en la que se han acumulado en poco tiempo, otros 500.000 inmigrantes ilegales. No puede esperarse a que todos los trámites policiales, diplomáticos y judiciales, se apliquen a cada uno de estos 500.000 inmigrantes, salvo que se multiplique por 20 el aparato de justicia. Y es que, cuando una tubería muestra un goteo ocasional, no hay que preocuparse excesivamente, pero cuando esa misma tubería ha sufrido una rotura y el agua sale a borbotones, no hay más remedio que actuar excepcionalmente: llamar al fontanero, cerrar la llave de paso, avisar al seguro…

Podemos multiplicar los ejemplos: no es lo mismo cuando en los años 60, un legionario traía un “caramelo de grifa” empetado en el culo, que cuando las mafias de la droga se han hecho con el control de determinadas zonas del Sur. En el primer caso, una bronca del capitán de la compañía bastaba para cortar el “tráfico”, en el segundo, como no se movilice la armada o se de a las fuerzas de seguridad del Estado potestad para disparar a discreción sobre las narcolanchas desde el momento en el que no atienden a la orden “Alto”, el problema se enquistará. De hecho, ya está enquistado. Y el problema es que hay que valorar qué vale más: la vida de un narcotraficante o la vida de los que consumen la droga que él trae, los derechos de un capo mafioso o bien el derecho de un Estado a preservar la buena salud de la sociedad. Si se responde en ambos casos que lo importante es “el Estado de Derecho y su legislación”, incurriremos en un grave error de apreciación. Esas normas, se han establecido para situaciones normales. Y hoy, España -de hecho, toda Europa Occidental- está afrontando situaciones excepcionales.

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Vayamos a otro terreno: el que Ceuta y Melilla estén sufriendo desde hace 40 años un proceso de marroquinización creciente, puede ser fruto de la proximidad de ambas ciudades a Marruecos y al deseo de los sucesivos gobiernos de España de no empeorar las relaciones con el único enemigo geopolítico que tiene nuestro país, el “enemigo del Sur”. Pero, cuando se sabe que el narcotráfico en Marruecos está regulado por el majzén y por personas próximas al entorno de la familia real marroquí, uno empieza a pensar que la situación no es “normal”. Esa sensación aumenta cuando se percibe con una claridad meridiana que el Ministerio del Interior español no despliega fuerzas suficientes para cortar de raíz el narcotráfico con Marruecos y que, incluso, boicotea a los policías y a las unidades más eficientes en su tarea. Ítem más: lo normal hubiera sido, por ejemplo, que España mantuviera su política exterior en relación al Sáhara inconmovible (las políticas exteriores fiables son las que no cambian, nadie confía en un país con una política exterior oscilante y variable). Pero Pedro Sánchez la cambió en el peor momento: sabiendo que perjudicaba a Argelia, nuestro principal proveedor de gas natural. Y, además, en un momento en el que el conflicto ucraniano suponía una merma en la llegada de gas natural ruso. Pero lo hizo. Luego ha ido entregando créditos sin retorno, cantidades de material de seguridad, ha permanecido mudo ante las constantes reivindicaciones de “marroquinidad” de Ceuta, Melilla y Canarias. Y esto mientras el ministerio del interior se negaba a reconocer que la comunidad marroquí encarcelada en prisiones españolas es más que significativa o que el número de delincuentes magrebíes es en gran medida responsable del repunte solo en 2023 de un 6% en la delincuencia. O que Marruecos es el principal coladero de inmigración africana a España. O el gran exportador de droga a nuestro país: y no solo de “cigarrillos de la risa”, sino de cocaína llegada de Iberoamérica y a la que se han cerrado los puertos gallegos. Sin contar los viajes de la Sánchez y Begoña a Marruecos… Y, a partir de todo esto, podemos inferir que hay “algo anormal” en las relaciones del pedrosanchismo con Marruecos. Demasiadas cuestiones inexplicables que permiten pensar que se vive una situación en la que “alguien” oculta algo y no tiene más remedio que actuar así, no porque sea un aficionado a traicionar a su propio país, sino porque en Marruecos alguien podría hundir a la pareja presidencial sin remisión. Sí, estamos hablando de chantaje a falta de otra explicación.

¿Seguimos? Se puede admitir que los servicios sanitarios españoles apliquen la “sanidad universal” y que cualquiera que sufra alguna enfermedad en nuestro país, sea atendido gratuitamente. Aunque, de hecho, en todos los países que he visitado de fuera de la Unión Europea, este “derecho” no era tal: si tenía algún problema, me lo tenía que pagar yo, y en muchos, se me ha exigido entrar con un seguro de salud obligatorio. Pero, cuando llegan millones de turistas o cuando España se ha convertido en una especie de reclamo para todo africano que sufre cualquier dolencia, es evidente que la generosidad puede ser considerada como coadyuvante del “efecto llamada” y que, miles y miles de personas querrán aprovecharse de ello. Todo esto en un momento en el que para hacer un simple análisis de sangre en la Cataluña autonómica hay que esperar dos meses y para hacer una ecografía se tardan nueve meses, sin olvidar que hay operaciones que se realizan con una demora de entre siete meses y un año. Una vez más, lo que es razonable en períodos “normales”, es un suicidio en épocas “anómalas”.

Hubo un tiempo “normal” en el que el gobierno español construía viviendas públicas. Ese tiempo hace mucho -décadas- que quedó atrás. Hoy, ni ayuntamientos, ni autonomías, ni por supuesto el Estado están interesados en crear vivienda: han trasvasado su responsabilidad a los particulares. “¿Tiene usted una segunda residencia?” Pues ahí puede ir un okupa. En Mataró -meca de la inmigración en el Maresme- hay en torno a medio millar de viviendas okupadas. Así resuelve el pedrosanchismo el “problema de la vivienda”… Esta semana se me revolvieron las tripas cuando un okupa que había robado la vivienda de una abuela de ochenta y tantos años, decía con chulería a los medios que “conocía la ley de los okupas”. Eso es hoy “normal”, lo verdaderamente anormal es que los vecinos y el enjambre de periodistas que acudió a cubrir el “evento”, no hubieran expulsado al par de okupas manu militari y restituido la vivienda a la que había sido vecina de toda la vida.

Un penúltimo ejemplo: si un régimen autonómico podía ser razonable en 1977 para Cataluña o el País Vasco, lo que ya no fue tan razonable fue lo que vino después de la mano de UCD: “el Estado de las Autonomías”, una verdadera sangría económica que se podría haber evitado.
Hubo un tiempo en el que se reconocían más derechos (“fueros”) a las provincias que habían demostrado más lealtad; hoy, en cambio, son las regiones que repiten más veces en menos tiempo la palabra “independencia”, las que se ven más favorecidas por el régimen autonómico. También aquí ocurre algo anómalo.

Y ahora el último: si se mira el estado de nuestra sociedad, de la economía de nuestro país, del vuelco étnico y antropológico que se está produciendo con una merma absoluta de nuestra identidad, si se atienden a las estadísticas que revelan el fracaso inapelable de nuestro sistema de enseñanza, el aumento no del número de delitos, sino especialmente del número de delitos más violentos, a la pérdida continua de poder adquisitivo de los salarios, al salvajismo de la presión fiscal y a la primitivización de la vida social, a la estupidez elevada a la enésima potencia vertida por los “gestores culturales”, a la corrupción política que desde mediados de los años 80 se ha convertido en sistémica, unida al empobrecimiento visible del debate político y de la calidad humana, moral y técnicas de quienes se dedican hoy a la política o a las negras perspectivas que se abren para la sociedad española en los próximos años, y así sucesivamente… lo más “anómalo” de todo esto que la sociedad española no reaccione y que individuos como Pedro Sánchez sigan figurando al frente del país y de unas instituciones que cada vez funcionan peor o, simplemente, han dejado de funcionar hace años.

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Vale la pena que la sociedad española empiece a meditar con el hecho de que, si aspira a salir de su estado de crisis, no va a poder hacerlo por la “vía normal”. El cáncer está tan extendido que, hoy incluso podría dudarse de la eficacia del “cirujano de hierro” del que se hablaba hace algo más de 100 años. Lo único cierto hoy, es que, para salir de situaciones excepcionales, hacen falta, hombres excepcionales dispuestos a asumir medidas de excepción y a utilizar, de manera implacable, procedimientos de excepción que no serían razonables en situaciones “normales”, pero que son el único remedio cuando las cosas han ido demasiado lejos.

Esta reflexión es todavía más pertinente en el momento en que se ha rechazado la petición de extradición formulada por el gobierno de El Salvador, de un dirigente “mara” detenido en España. La extradición se ha negado con el argumento de que en el país dirigido por Bukele “no se respetan los derechos humanos”. Bukele entendió lo que hay que hacer para superar una situación excepcional: en dos años El Salvador pasó de ser el país más inseguro del mundo a ser un remanso de paz, orden y prosperidad. Porque, en una situación “normal”, los derechos de los ciudadanos, están por delante -muy por delante- de los derechos de los delincuentes. Priorizar los derechos de estos por encima de los de las víctimas, es precisamente, uno de los signos de anormalidad.

Se precisa una revolución. Nada más y nada menos. ¿Para qué? Para restablecer estándares de normalidad (esto es, todo lo que fortalece, educa y constituye el cemento de una sociedad), excluyendo todos los tópicos que nos han conducido a situaciones anómalas y que han demostrado suficientemente su inviabilidad. “Revolución o muerte”… sí, o la sociedad y el Estado cambian radicalmente, o se enfrentan a su fin. Tal es la disyuntiva.

 

Ernesto Milá. 

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