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La Justicia, babeante y aquiescente, exculpa a Trapero y a la cúpula de Interior: Ni sedición ni desobediencia: Trapero es un patriota español

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La Audiencia Nacional ha absuelto al mayor de los MossosJosep Lluís Trapero, al considerar que no queda acreditado que diera apoyo a la celebración del referéndum del 1 de octubre de 2017 organizado por el Govern de la Generalitat en contra del Tribunal Constitucional y del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC).

Las partes del juicio habían sido citadas mañana a las 9:30 en la Audiencia Nacional para que les fuera notificada la sentencia, aunque se ha conocido previamente, tal y como han confirmado fuentes jurídicas a La Vanguardia.

La sentencia ha salido adelante con dos votos a favor y uno en contra, el de la magistrada Concepción Espejel, que ha defendido la existencia de un delito de sedición. El tribunal, con la ponencia de Ramon Sáez, no ha contemplado tan siquiera a alternativa de la desobediencia, que solo lleva aparejada una pena de inhabilitación.

Sáez siempre defendió que no se podía hacer responsable a Trapero por el referéndum del 1-O. El voto decisivo ha sido el de Francisco Vieira, quien inicialmente se inclinó por la desobediencia pero finalmente ha optado por acercarse a la tesis del ponente. Viera junto a Espejel son magistrados de corte conservador mientras que Sáez es progresista.

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Voto particular por sedición

Según estas mismas fuentes, ante esta sentencia, Espejel ha formulado un voto particular en el que mantiene que Trapero ha cometido un delito de sedición, haciendo suya la tesis de la Guardia Civil, sobre todo del coronel Diego Pérez de los Cobos, quien sostuvo que los mossos actuaron pasivamente el 1-O para permitir y facilitar la votación que había sido prohibida judicialmente

La Audiencia también ha absuelto al exdirector de los Mossos, Pere Soler, al que fue segundo en Interior, César Puig, y a la intendente Teresa Laplana. El contenido íntegro de la sentencia se conocerá mañana y cuenta con un voto particular de la magistrada Concepción Espejel.

La Fiscalía solicitaba para Trapero diez años de prisión por un delito de sedición con la alternativa del delito de desobediencia, que no acarreaba pena de cárcel sino una mera inhabilitación. El Ministerio Público sostenía que los Mossos, bajo las órdenes de Trapero, colaboraron para facilitar que el 1-O se celebrara, como paso previo e indispensable para declarar la independencia de Catalunya.

El ministerio público también hacía responsable a Trapero por no frenar las concentraciones del 20 de septiembre de ese año ante varios organismos públicos, principalmente ante la Conselleria d’Economia, mientras la Guardia Civil realizaba un registro para frenar la organización del 1-O. Por estos hechos, el Tribunal Supremo condenó a diversos dirigentes políticos a penas de hasta 13 años de prisión por sedición.

El conseller de Interior del Govern, Miquel Sàmper, señaló ayer lunes en una entrevista que en caso de absolución le ofrecería al mayor que vuelva a ser un dirigente del cuerpo de la policía autonómica catalana, aunque él mismo ya había declinado esa opción. “Parto de un no, pero tengo la obligación de hablar con Soler, Puig, Laplana y Trapero”, afirmó Sàmper en Ràdio 4.

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El mediático, sospechoso y polémico Juez Pedraz suspende la suspensión de Telegram que él mismo había ordenado. Una eminencia, el togado

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El Juez Pedraz paraliza la suspensión de Telegram porque ha pedido un informe policial que le blinde del delito de prevaricación al que íbamos a denunciarle.

El mismo Juez que consideraba que las asociaciones juveniles Jarrai, Haika y Segi no eran parte del entramado etarra; o quien decidió archivar la última causa al terrorista José Ignacio de Juana Chaos cuando éste estaba a punto de ser excarcelado en 2005… intentará aplastarnos.

 

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Alvise Pérez. 

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