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Tribunales

Piden embargar al abogado de Puigdemont para pagar la indemnización por el secuestro de Revilla

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La Audiencia Nacional ha acordado hacer “efectivos los embargos” y “profundizar en la investigación patrimonial” del abogado Gonzalo Boye para que se ejecute el pago de la indemnización que le fue impuesta al ser condenado por el secuestro a manos de ETA del empresario Emiliano Revilla en 1988.

La sección primera de lo Penal de la Audiencia Nacional ha adoptado esta decisión en un auto, al que ha tenido acceso Efe y ha adelantado eldiario.es, en el que rechaza que la reclamación de esa indemnización haya prescrito. La resolución cuenta con el voto discrepante de uno de los cinco magistrados que la suscriben, Ramón Sáez Valcárcel, que sí entiende prescrita la reclamación.

Boye, conocido por ser abogado de Carles Puigdemont y Quim Torra, alegó la prescripción cuando Revilla pidió en 2019 el embargo de los saldos de su cuenta corriente y sobre la parte proporcional del salario percibido como empleado del bufete de abogados que comparte con su mujer, así como los pagos percibidos por sus apariciones televisivas, “y de la cantidad que por cualquier concepto perciba del Colegio de Abogados de Madrid”.

La resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Francisco Javier Vieira, recuerda que Boye fue condenado en 1996 “como autor responsable de un delito de detención ilegal, a la pena de 14 años, 8 meses y 1 días de reclusión menor y a que indemnizara, en forma conjunta y solidaria con el resto de los acusados, a D. Emiliano Revilla Sanz en la cantidad de 200 millones de pesetas”. Una vez firme la sentencia, en 1997 se le requirió la indemnización a la que había sido condenado, a lo que manifestó que era insolvente.

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Ya en 2001, Boye solicitó el pago fraccionado de la indemnización, a razón de 2.500 pesetas mensuales, si bien en una posterior comparecencia su defensa manifestó que iba a presentar escrito para decir que la cantidad que abonaría mensualmente serían 5.000 pesetas. Un año después, se aprobó su licenciamiento definitivo para el 7 de diciembre de 2002 por cumplimiento de condena, y en 2003 se acordó el archivo definitivo de las actuaciones.

La Asociación Víctimas del Terrorismo pidió después que se practicaran actuaciones de averiguación patrimonial respecto de los acusados, y en 2008 se le informó de que habían sido “declarados insolventes y que no constaba pago alguno a cuenta de la indemnización fijada en sentencia”. Al carecer de legitimación respecto a la acción civil nacida del hecho ilícito, se dio traslado al Ministerio Fiscal “para que instara lo que a su derecho convenga” y meses más tarde, la Fiscalía “interesó que se averiguara la situación patrimonial de los penados, con el fin de que se hiciera efectiva la responsabilidad civil”.

Para ello, se ofició al Cuerpo Nacional de Policía para que recabaran los datos personales de los penados (DNI o pasaporte) para recabar información tributaria del mismo. Tras obtenerla, la Fiscalía informó en 2009 de que procedía mantener la resolución de insolvencia acordada en su momento porque de la documentación aportada de la Agencia Tributaria no se deducía que la situación patrimonial de los condenados hubiera variado. En 2018, Revilla se personó en este procedimiento y solicitó “el embargo sobre los saldos de cuenta corriente y ahorros bancarios” de sus secuestradores.

Se acordó entonces “proceder a la averiguación patrimonial de los penados y decretar el embargo pertinente a fin de hacer frente a la responsabilidad civil”, pero antes se preguntó a Revilla “si había llegado a percibir cantidad alguna como indemnización, a lo que respondió negativamente” en un escrito del 14 de febrero de 2019. En abril de ese año, Boye se opuso a esta ejecutoria alegando la prescripción de la responsabilidad civil desde el año 2002.

La Sala sin embargo ha descartado que esto sea así y analiza “si puede entenderse prescrita la acción para reclamar el pago de la indemnización fijada” frente al “derecho a percibir esa indemnización”. “De hecho -indica el auto-, el legislador ha previsto exclusivamente una sola causa de finalización de la ejecución forzosa, al disponer que “sólo terminará con la completa satisfacción del acreedor ejecutante”.

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Además, añade, las actuaciones denotan que el plazo de prescripción, de ser aplicable, habría quedado interrumpido por las actuaciones tendentes a averiguar la situación patrimonial de este penado. El plazo aplicable en este caso sería el de 15 años, y antes de que hubiese transcurrido cuando fue dictada la sentencia firme fue requerido el pago al condenado, “manifestando ser insolvente”, después en 2001 pidió fraccionarlo y “dichos ofrecimientos” constituyen actos interruptivos de la prescripción. “De modo que a partir del momento en que se produjeron volvió a iniciarse un nuevo plazo prescriptivo de quince años”, sostiene la Sala.

Al margen de que la nueva averiguación de bienes, la Sala indica que de lo investigado hasta el momento se ha podido saber que “en el ejercicio 2007 había realizado autoliquidaciones por ingresos de 469,44, 813,57, 478,53, 737,23, 455,28, 795,12 y 3.934,14 euros, 1.170 euros por percepciones del trabajo, compras y pagos por importe de 60.369,72 euros, ingresos y pagos por importes de 39.357,62, 11.844,51, 5.923,73 y 3.243,86 euros”, y figuraba como titular de un plan de pensiones por importe de 1.761,07 euros.

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Sucesos

Víctimas de ETA: El Gobierno se orina en sus muertos. ¿Han encontrado sus gónadas ya y harán algo útil, o siguen como siempre?

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El Gobierno traslada al País Vasco a los etarras que mataron a Jiménez Becerril y Ernest Lluch

Las víctimas denuncian que quedan 14 terroristas sin trasladar a País Vasco y Navarra siguiendo la «hoja de ruta de humillación»

La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, dependiente del Ministerio del Interior, ha acordado con el Gobierno Vasco el acercamiento de otros seis presos de ETA, así como de un septimo que irá a la prisión de Pamplona (Navarra), incluyendo los asesinos del exministro socialista Ernest Lluch y del concejal del PP en Sevilla Alberto Jiménez-Becerril y su mujer Ascensión García.

Entre los acercados al País Vasco están Fernando García Jodrá y José Ignacio Cruchaga Elezcano, condenados ambos por el asesinato -entre otros- del exministro socialista Ernest Lluch. También José Luis Barrios, el etarra condenado por asesinar al matrimonio Jiménez-Becerril.

Los otros etarras que irán a prisiones vascas -cuyo Gobierno asumió el año pasado las competencias en materia penitenciaria- son Fernando Elejalde Tapia, Jesús María Echevarría Garaicoechea y Daniel Pastor Alonso. Todos tienen delitos de sangre. A Pamplona irá Francisco Ruiz Romero, condenado por matar al político navarro Tomás Caballero, padre del actual presidente de la Fundación de Víctimas del Terrorismo.

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Para la Asociación de Víctimas Dignidad y Justicia, este acercamiento demuestra que hay un plan del Gobierno para que el máximo número de etarras posibles vuelva a casa por Navidad. «Hoy se culmina prácticamente la ‘operación Almendro’ de Sánchez para tener a todos los asesinos de nuestros familiares antes de final de año, incluso antes de Navidad. Hoy 7 de los 14 que faltaban. Hoy con alevosía y nocturnidad los acerca y nos lo comunica a las 14.30 h del viernes de las comidas de empresa y de Navidad», ha denunciado Daniel Portero, presidente de la asociación, en declaraciones a THE OBJECTIVE.

Por su parte, la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT) ha criticado que «los socios de Bildu siguen con su hoja de ruta de humillación a las víctimas del terrorismo». Según su recuento, ya sólo quedan 14 etarras cumpliendo condena en prisiones que no sean las del País Vasco y Navarra tras poner fin el Gobierno de Pedro Sánchez a la política de dispersión.

Más del 90% de los presos, en el País Vasco

En cualquier caso, estos movimientos suponen, según denuncia las asociaciones de víctimas, un paso previo al fin de los acercamientos y a que todos los internos de la extinta banda ETA, como viene advirtiendo esta plataforma, pasen las navidades cerca de su familia «sin haberse arrepentido ni haber colaborado con la Justicia». 

La operación Navidad está a punto de culminar. O eso, al menos, dicen los datos. Con estos últimos acercamientos, ya solo 14 presos de la banda terrorista cumplen pena en prisiones fuera del País Vasco o Navarra, tras los 368 traslados que ha acordado el Ministerio del Interior con el Ejecutivo vasco, de quien depende la gestión penitenciaria desde octubre de 2021. En otras palabras, el 90,5% (158 de 180) de los internos de ETA cumple pena en alguna cárcel de las regiones mencionadas anteriormente, según cifras de la AVT.

De estas estadísticas también se obtiene otro dato: desde que Pedro Sánchez llegó al Gobierno, el Ministerio del Interior ha ejecutado el acercamiento de un preso etarra cada cuatro díasNo obstante, gran parte de estos traslados (143) se llevó a cabo en 2021. Un año en el que el departamento dirigido por Grande-Marlaska puso fin a la política de dispersión de presos etarras. Entonces, Interior ordenó el traslado de los cuatro últimos reclusos de ETA que permanecían en cárceles de Andalucía.

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Los presos que cumplen condena en las prisiones más alejadas, en concreto a más de 300 kilómetros del País Vasco, son tres. Dos en el centro penitenciario de Estremera, en Madrid; y otro en la prisión de Topas, en Salamanca. El resto, 17, se encuentran en cárceles a menos de 200 kilómetros de su casa. Ninguno de ellos, además, cumple pena en régimen cerrado. Es decir, todos gozan de tercer grado, lo que implica permisos puntuales de salida e incluso dormir varios días en casa.

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