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“Marlaska, juez transgresor de la ley, político desestabilizador y persona sin cerebro” por el Coronel de Infantería Efrén Díaz Casal

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Oiga Marlaska:

La hombría española, que no se amilana ante el uso arbitrario del poder, motiva que en mutua correspondencia con el displicente silencio que viene dispensando a mis escritos, evite el tratamiento acorde con el correspondiente al cargo que detenta, levantando mi voz en defensa de la ley, la racionalidad, la sensatez y el respeto a mi dignidad que me obligan a dirigirle el presente escrito.

Desde que tomó posesión de su cargo el pasado 7 de junio de 2018, le he enviado reiterados mensajes vía telemática solicitándole que respete y haga respetar la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión, en la tramitación de actos religiosos, comunicando a las delegaciones y subdelegaciones del Gobierno y entidades análogas de las CC.AA vasca, navarra y catalana, entidades locales y Conferencia Episcopal Española, que deben tramitar los actos religiosos en la vía pública según lo dispuesto por la precitada Ley Orgánica 9/1983.

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Hasta la fecha, mis reiteradas solicitudes no han encontrado más respuesta que su displicente silencio, prueba evidente de que donde la inteligencia calla la necedad habla, aunque no menos deleznable resulta su notable ejercicio de autocracia sustrayéndose a sus propias funciones asignadas por el Artículo 61 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Consiguientemente, un mínimo sentido de la lógica y el decoro personal debería obligarle a renunciar a su retribución o cumplir las funciones de su cargo.

Le reitero que el Artículo octavo de la Ley Orgánica 9/1983, que usted vulnera y tolera su transgresión, determina que “la celebración de reuniones en lugares de tránsito público y de manifestaciones deberán ser comunicadas por escrito a la autoridad gubernativa correspondiente…”, lo que descarta a las autoridades municipales como destinatarias de dicha comunicación al no estar reconocidas como autoridades gubernativas en ningún texto legal.

También estoy harto de comunicarle que el Director del Gabinete de Coordinación y Estudios de la Secretaría de Estado de Seguridad y el Subdelegado del Gobierno en la Comunidad de Madrid, en escritos de 2017 que igualmente le he enviado, a instancias mías tratando de evitar ilícitos vetos municipales de actos religiosos en la vía pública como el de mi parroquia castrense, me comunican que la precitada Ley Orgánica 9/1983 determina el procedimiento para la tramitación de actos religiosos en la vía pública.

Le reitero que el Artículo 9.3 de nuestra vigente Constitución, que usted vulnera y tolera su transgresión, garantiza el principio de jerarquía normativa, lo que anula cualquier disposición municipal que se oponga a la mencionada Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión.

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Una vez más le comunico que el Artículo 14 de nuestra vigente Constitución, que usted vulnera y tolera su transgresión, prohíbe toda discriminación por motivo de religión, proscribiendo por tanto la intervención municipal al respecto por aplicar un tratamiento distinto al credo católico respecto a otros colectivos que “comunican” sus actos en la vía pública a esa Delegación.

No solo abdica usted de sus funciones sino que, con su tolerancia respecto a la ejecutoria al respecto de las delegaciones y subdelegaciones del Gobierno permite, si es que no les obliga a vulnerar la mencionada Ley Orgánica 9/1983 y a las funciones que les asignan  los Artículo 73.3 y 75.b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, a arrostrar las consecuencias que se derivan de su vulneración de la citada normativa y de la forzada abdicación de las funciones que les asigna la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Usted vulnera y consiente la solicitud de autorización de actos religiosos en la vía pública al respectivo Ayuntamiento, lo que constituye una palmaria vulneración del principio constitucional de jerarquía normativa para dictar disposiciones contrarias a la Constitución y a otras normas de nuestro ordenamiento jurídico, que implica el tácito reconocimiento de independencia del correspondiente municipio.

Por respeto al casto oído infantil resulta aconsejable omitir ante niños los comentarios sobre el caso de miembros del Ministerio del Interior, militantes socialistas, letrados y españoles en general.

Los dislates precedentes revelan que usted no puede vivir sin cerebro, que debe distinguirse de los alfileres cuya cabeza no es lo más importante, que no debe utilizar paraguas cuando llueva inteligencia que le persigue pero no le alcanza porque usted es más rápido, que no puede ignorar que el honor consiste en hacer hermoso el cumplimiento de sus obligaciones sin olvidar que donde la fuerza oprime la ley se quiebra, lo que le obliga a respetar la ley y a éste ciudadano que intenta defenderla o provocará la reacción democrática que devuelva la honorabilidad al cargo que detenta invittándole a irse a su casa: Consuélese, al menos menos sirve usted de mal ejemplo por deshonrar su condición de jurista desde el cargo que okupa.

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Su proceder le convierte en factor de desestabilización por vulnerar una Ley Orgánica, reguladora por tanto de un derecho fundamental, convirtiendo España en un país sin ley en el que puede ocurrir cualquier barbaridad.

Espero que recupere sus facultades mentales y recapacite respondiendo a éste mensaje a la brevedad posible con el civismo al que le obliga su cargo, respetando y haciendo respetar la ley mediante las siguientes acciones:

  1. Comunicación a las siguientes entidades concernidas en el caso de que, en lo sucesivo, deben tramitar los actos religiosos en la vía pública según lo dispuesto por la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión:
    1. Delegaciones, y Subdelegaciones del Gobierno y entidades análogas de las CC.AA vasca, navarra y catalana.
    2. Entidades de la Administración Local.
    3. Conferencia Episcopal Española.
  2. Seguimiento de la tramitación de actos religiosos en la vía pública de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión, e imposición de las sanciones pertinentes en caso de transgresión.
  3. Copia de las acciones anteriores.

Efrén Díaz Casal

Coronel de Infantería (R)

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Opinión

“La exhibición del psicópata gobernante”. Por Alvise Pérez

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Opinión de Alvise Pérez:

Pedro Sánchez no monta el show por la denuncia a Begoña Gómez; un mitómano narcisista como él dejaría antes a su mujer que a la Presidencia del Gobierno de España que tanto le blinda judicialmente.

Sería fácil decir que todo ha sido por el Caso Koldo que nosotros mismos iniciamos y en donde yo mismo estoy personado como denunciante y víctima de dicha trama (gracias a ello sabemos los paraísos fiscales de Ábalos, las relaciones más que personales de Javier Hidalgo con Begoña Gómez, y todas las comisiones cobradas) pero como aquí se trata de encontrar la verdad, hemos advertido qué más ha coincidido con esta sorpresiva denuncia, y vemos un detalle importante: Hace menos de 24 horas la Audiencia Nacional reabrió el caso Pegasus sobre el espionaje a Sánchez.

¿Por qué la Audiencia Nacional ha reabierto el caso? Porque la DGSE francesa remitió este mismo mes al CNI ‘información de interés’ que la inteligencia española ha analizado y entregado al Juez.

Qué han logrado aportar los franceses es todavía un misterio: ¿Un trío en la sauna gay del suegro? ¿Las maletas de Delcy? ¿La trama de comisiones en mascarillas? ¿Datos del asesinato de cientos de personas en un interurbano de Madrid hace 10 años? No lo sabemos.

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Lo que sí sabemos es que las periciales del CNI certificaron el espionaje de 4 teléfonos móviles pertenecientes a:

1. Pedro Sánchez (Presidencia)
2. Margarita Robles (Defensa)
3. Grande-Marlaska (Interior)
4. Luis Planas (Agricultura)

Esto es; se hackearon 12GB en total (más de 3Gb sólo a Sánchez) sin contar claves para nubes de información (chats, mensajes, emails, metadata general, historial de llamadas, etc)

La pregunta en todo caso es: ¿Se irá Pedro Sánchez, o es una estrategia para reforzarse en el poder?

Difícilmente se vaya tras 6 años controlando la Justicia, colocando a la Fiscal General, traficando maletines por Barajas, siendo incapaz de justificar 39 vuelos a República Dominicana en los últimos 3 años, o la orden directa de crédito a República Dominicana de 46 millones de euros para “sanear las zonas costeras del país”y “un proyecto de hermanamiento para transformar la Justicia” del país (meros proyectos de blanqueo)

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¿Por qué tal dinero, por cierto? Pues porque en República Dominicana no tienes que tributar por lo que generas fuera pero sí por lo que haces dentro.

Es decir: Todo aquél que recibe dinero del exterior no tiene que declararlo y por tanto lo disfruta ‘íntegro’ para lo que desee.

¿Por qué, además, buscan todos la nacionalidad dominicana? Porque en ese país los nacionales pueden abrir empresas en el extranjero sin comunicarlo a ese país, y eso les permite abrir cuentas y sociedades en paraísos fiscales sin problema legal alguno con el dinero en efectivo robado en terceros países como España.

El próximo lunes Pedro Sánchez nos dará a conocer si ya ha robado lo suficiente para marcharse a República Dominicana como el resto de exPresidentes y Ministros impunes de este país, o si todo ha sido un ‘punch’ mediático para revitalizar la victimización persecutoria que tan bien se le da al mismo Presidente que ataca a la mujer de Feijóo y novio de Ayuso.

Lo único claro es una cosa:

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Estos parásitos de la partitocracia lo han podrido ya todo, y el próximo 9 de Junio tenemos que aplastarles con las papeletas que logremos gracias al boca a boca masivo.

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