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Sucesos

¡VIVA LA INMIGRACIÓN SIN CONTROL! Un ARGELINO abusa sexualmente de un menor de 12 años en el CETI y lo condenan a 2 años y medio de cárcel

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Además de la pena de prisión, el condenado ha sido condenado a la prohibición de acercarse a menos de 50 metros de la víctima, comunicarse con ella, libertad vigilada por 10 años luego del tiempo en prisión y la expulsión del territorio español al cumplir las dos terceras partes de la condena, es decir tras 20 meses de los cuales lleva ya cinco meses cumplidos en prisión preventiva.

En prisión preventiva desde que ocurrieron los hechos el pasado mes de septiembre, un sujeto de nacionalidad argelina y con residencia legal en España identificado como F.M. fue presentado este miércoles ante los magistrados de la Sección VI del Tribunal de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta para ser juzgado por un delito de abuso sexual contra un menor de 12 años.

Los hechos tuvieron lugar en el Centro de Estancia Temporal de Inmigrantes, CETI, ubicado en la carretera del Jaral de Ceuta, cuando F.M. se sentó al lado de su víctima, un residente del centro, en el comedor del centro y «con el ánimo de satisfacer sus más íntimos deseos sexuales» comenzó a besarle en la boca y a introducir su mano en su ropa interior.

Según la calificación de los hechos realizada por el Ministerio Fiscal, los hechos antes descritos integran un delito de abuso sexual tipificad en los 183.1 del código penal, que establece que “El que realizare actos de carácter sexual con un menor de dieciséis años, será castigado como responsable de abuso sexual a un menor con la pena de prisión de dos a seis años”; y el 192.1, que obliga a que “a los condenados a pena de prisión por uno o más delitos comprendidos en este Título se les impondrá además la medida de libertad vigilada”. El artículo 192 del Código Penal hace referencia a reglas especiales para los condenados a pena de prisión por uno o más delitos contra la libertad e indemnidad sexual.

Según lo establecido por el Ministerio Fiscal, el acusado es responsable en concepto de autor e inicialmente se solicitaba se le impusiera una sentencia condenatoria de seis años de prisión, así como la Inhabilitación especial para el derecho al sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, el abono de las costas procesales incluidas la de la acusación particular, la imposición de libertad vigilada durante 10 años posteriores a la pena de prisión consistentes en la obligación de estar siempre localizable mediante aparatos electrónicos que permitan su seguimiento.

Sumado a esto, la acusación ha pedido la prohibición de aproximarse a la víctima, a su domicilio, lugares que frecuente o cualquier otro en que se encuentre a menos de 50 metros y de comunicarse con ella, ambas por un período de cinco años también posteriores al tiempo de condena en prisión, así como la prohibición de desempeñar actividades que puedan ofrecerle o facilitarle la ocasión de cometer hechos delictivos de similar naturaleza, además de la obligación de participar en programas de educación sexual.

Una vez frente a los magistrados de la Sección VI del Tribunal de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta F.M. ha admitido la comisión de los hechos que se le imputaban, evitando así la realización del juicio oral, tras lo cual, y previa negociación de la defensa con el Ministerio Fiscal, en atención a los beneficios que ofrece la ley a quienes admitan la responsabilidad en los delitos que se le imputan, la petición de cárcel se ha visto reducida a dos años y seis meses, quedando iguales el resto de las prohibiciones solicitadas.

El representante del Ministerio Fiscal ha añadido a su petición de condena negar la suspensión de la pena de prisión, explicando que no hay lugar para dicho beneficio al ser la misma superior a los dos años. Así mismo ha solicitado que al cumplir el condenado las dos terceras partes de su condena,  es decir a los 20 meses de prisión, F.M. sea expulsado de España y se prohíba su ingreso al país durante 10 años.

Los magistrados de la Sección VI, luego de escuchar la admisión de los hechos por parte del acusado así como su conformidad con la condena solicitada por el Ministerio Fiscal ha declarado al acusado autor criminalmente responsable de un delito de abuso sexual a un menor sin circunstancias modificativas, dictando a viva voz sentencia firme bajo los términos solicitados por la acusación.

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España

Condenado un excandidato de Más Madrid a 9 años de prisión por violar a una alumna que se suicidó

Redacción

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El que fuera número uno de la candidatura de Más Madrid-Verdes Equo en la localidad de Villanueva de la Cañada, Enrique Antonio Salazar, ha sido condenado por los delitos de agresión y abuso sexual continuado contra cuatro de sus alumnas cuando ejercía como docente de matemáticas en el Instituto de Educación Secundaria Sapere Aude de Villanueva del Pardillo, según avanza El Español.

La sección número 15 de la Audiencia Provincial de Madrid le ha impuesto un total de diez años y seis meses de cárcel, según el fallo al que ha tenido acceso este medio. De ellos, nueve años corresponden al delito continuado de agresión sexual con penetración sobre una adolescente que aún no había cumplido los dieciséis, mientras que un año y medio se asignan al abuso sexual reiterado contra otra alumna. Para las dos restantes, el tribunal optó por multas de catorce meses sin privación de libertad.

Todos estos episodios ocurrieron a lo largo del curso escolar 2019-2020. Uno de los casos más graves afectó a Minerva Nieto Palacios, quien años más tarde, con solo veintiún años, decidió quitarse la vida. La joven había denunciado a su profesor por violación cuando contaba quince años, pero el procedimiento judicial se vio marcado por constantes retrasos hasta que, el 13 de mayo pasado, se dictó la resolución definitiva.

Además, el ahora exdocente arrastraba antecedentes penales ya extinguidos por un abuso sexual previo contra una menor de trece años. La sentencia detalla una serie de conductas que comenzaron con una broma aparentemente inocente: el 3 de octubre de 2019, una estudiante colocó sobre su mesa una corona con mensajes de tono sexual elaborada entre compañeros. Salazar se rio y le comentó a la chica que, a partir de los dieciséis, podía relacionarse con varones adultos. Al acabar la clase, se acercó y le advirtió que, aunque no fuera legal, «dos besos sí te podré dar», plantándole dos ósculos que la menor describió como pausados y perturbadores.

Con otra alumna, los acercamientos fueron similares: tras un comentario sobre su mayoría de edad, también recibió besos. A partir de ahí se instauró un patrón de cercanía excesiva: guiños, besos lanzados por los pasillos y llamadas privadas al aula. En una ocasión, con las luces apagadas y las persianas bajadas, la sentó frente a él, le tomó las manos y la acarició mientras hablaba de un examen. En otro momento le susurró «¿qué hago contigo, con lo que yo te quiero?», la besó con lengua y la colocó sobre sus piernas, tocándole el torso y las nalgas por encima de la ropa.

El episodio más grave tuvo lugar el 13 de diciembre de 2019. Minerva acudió al aula durante el recreo acompañada de una compañera, que quedó esperando fuera. Una vez dentro, en un ambiente en penumbra, el profesor le agarró las manos y le mencionó dos conversaciones pendientes. La primera giraba en torno a los dibujos y frases cariñosas que ella dejaba en la pizarra; la segunda, sobre sus estudios. Cuando la chica insistió, él se aproximó y le confesó que deseaba besarla, procediendo a hacerlo con lengua. Luego la invitó a sentarse sobre su pierna derecha, con las suyas entre las de él, y comenzó a manosearle los pechos y glúteos por encima de la ropa mientras la besaba de nuevo.

Al sonar el timbre para volver a clase, le pidió silencio y la víctima notó que había cerrado la puerta con llave. Preocupada, Minerva regresó minutos después para preguntar qué ocurriría ahora. Salazar respondió «ahora lo vas a entender», la sujetó por la cintura, volvió a cerrar con llave y la llevó hasta la mesa. Le bajó el pantalón y la ropa interior, la tocó en la zona genital y, tras bajarse él mismo los pantalones, la penetró vaginalmente hasta que ella le pidió que parara.

Cinco días más tarde, el docente le envió un mensaje preguntando por su ausencia: «Hola. Me han dicho que llevas un par de días malita. Espero que te recuperes pronto. Otra cosa: cuando te reincorpores me gustaría hablar contigo. A ver si mañana jueves vienes a clase y podemos hablar. Hasta mañana».

Como consecuencia directa de la agresión, la joven desarrolló un trastorno adaptativo con ansiedad, depresión y rasgos de personalidad no especificados. Los recuerdos le resultaban tan insoportables que decidió cambiarse el nombre por Minerva. Además, tuvo que abandonar el centro educativo pese a que el profesor ya no trabajaba allí. Sufrió ocho ingresos psiquiátricos en 2020, algunos prolongados, y manifestó repetidamente a sus familiares que no podía seguir adelante. Finalmente, puso fin a su vida a principios de agosto de 2025.

Respecto a las otras dos estudiantes, los hechos incluyeron tocamientos en brazos, pelo y cara, comentarios sobre su aspecto físico («vas muy guapa maquillada» o «qué guapa eres»), abrazos por detrás y besos en la mano durante correcciones de ejercicios, siempre acompañados de frases como «este año nos vamos a llevar muy bien» o elogios por su rendimiento académico.

Salazar había sido colocado en primer lugar de la lista de Más Madrid para las elecciones municipales de 2023 en Villanueva de la Cañada, formación liderada por Mónica García. Para entonces, los abusos ya se habían producido. Además de las penas de prisión, el tribunal le ha impuesto trece años de inhabilitación absoluta para cualquier actividad que implique contacto habitual con menores, diecisiete años de libertad vigilada y la prohibición total de acercarse o comunicarse con las víctimas y sus familias.

Sorprendentemente, en la actualidad continúa entrenando baloncesto con otros menores. En el plano civil, deberá indemnizar con 50.000 euros a la familia de Minerva por daños morales, 5.000 euros a la segunda víctima y 2.000 euros a cada una de las otras dos.

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