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La Abogacía del Estado no acusará de rebelión a los líderes del golpe catalán

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La Abogacía del Estado acusará a los líderes del proceso soberanista catalán de un delito de sedición en vez de rebelión, al entender que no se dieron los episodios de violencia suficientes, y de otro de malversación.

Según han confirmado fuentes del Gobierno, la Abogacía del Estado entregará mañana en el Tribunal Supremo su escrito de calificaciones provisionales en el que se desmarca del criterio de la Fiscalía y no ve que los acontecimientos que culminaron con la Declaración Unilateral de Independencia (DUI) sean susceptibles de un delito de rebelión, sino de sedición.

La decisión de la Abogacía, que representa los intereses del Estado y que orgánicamente depende del Ministerio de Justicia, supone que en el juicio, que previsiblemente comience en enero, defenderá que no se produjo un alzamiento violento para declarar la independencia de una parte del territorio nacional.

Dicha decisión, según informa El País, se tomó el pasado lunes en la Moncloa cuando el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, reunió a sus colaboradores más cercanos, que concluyeron que “la acusación de rebelión es excesiva”.

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La Abogacía del Estado se personó más tarde en la causa del procés por el asunto de la malversación, sobre el que ha pivotado toda su actuación y las diligencias solicitadas, y no tenía de hecho por qué pronunciase sobre la rebelión o la sedición.

A lo largo de la instrucción, siempre respaldó el criterio de la Fiscalía en relación a la violencia y el delito de rebelión, hasta el punto de que cuando pidió al Supremo que cerrase la investigación, solicitó que se juzgara a los procesados por los delitos de rebelión, malversación y desobediencia.

Por tanto, su decisión de acusar de sedición supone un cambio en la estrategia que ha mantenido en la causa hasta la fecha.

Según el Código Penal, cometen delito de sedición quienes se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las leyes.

Y añade que “los que hubieren inducido, sostenido o dirigido la sedición o aparecieren en ella como sus principales autores, serán castigados con la pena de prisión de ocho a diez años, y con la de diez a quince años, si fueran personas constituidas en autoridad”.

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Por su parte, el delito de malversación contempla penas de hasta 12 años de prisión “si el valor del perjuicio causado o de los bienes o efectos apropiados excediere de 250.000 euros”, lo que se supere holgadamente en este caso, después de que la Guardia Civil elevara a 3,2 millones de euros la cantidad malversada en un escrito remitido al alto tribunal.

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