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Tribunales

Denunciada ante Europa la corrupción sistemática del CGPJ y del Ministerio Fiscal

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Fachada de la sede del Consejo General del Poder Judicial, en Madrid.

Javier Marzal Mercader*.- En agosto saltó a medios de comunicación alternativos, que la Asociación Europea de Ciudadanos contra la Corrupción denunció ante el GRECO (Grupo de Estados contra la Corrupción), la corrupción sistemática y permanente del Consejo General del Poder Judicial, del Ministerio Fiscal y de los Diputados y Senadores desde julio de 1985, así como la IMPUNIDAD de los jueces.

El Grupo de Estados contra la Corrupción es el organismo de la Unión Europea que es experto en corrupción de los tres poderes públicos. Está formado por los 47 países adscritos al Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Su función consiste en estudiar la corrupción de los poderes públicos, sugerir medidas para controlarla y revisar el cumplimiento de estas medidas.

Se denunció que esta corrupción tiene su origen en la Ley Orgánica del Poder Judicial de 1985, mantenida en las reformas, así como en las malas prácticas de los funcionarios públicos de los organismos referidos y de los jueces.

La opacidad del CGPJ respecto de las denuncias contra fiscales y jueces, incumpliendo la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción.

Si el PSOE de Felipe González, fue absolutamente descarado al eliminar la independencia judicial en 1985, lo mismo hizo el PP de Rajoy que eliminó la responsabilidad civil de los jueces frente a terceros en 2015.

En la denuncia se dice: “Así las cosas, tenemos por una parte a unos Jueces, Tribunales y CGPJ que jamás actúan contra los Jueces y Magistrados, y a una Fiscalía que por corporativismo tampoco lo hará; este sistema además, resulta si cabe aún más viciado y abusivo, dado que todos los que lo integran, jueces, fiscales, congresistas y senadores están aforados, de tal manera que al corporativismo y prevaricación para no actuar unos en contra de otros se suma un sistema de protección especial a la hora de ser Juzgados. Así, España es el país del mundo con más aforamientos”.

En la denuncia se aportan datos estadísticos con los que afirman se certifica “LA CORRUPCIÓN Y PREVARICACIÓN SISTEMÁTICA DEL CGPJ y DE LA FISCALÍA”.

El autoritarismo judicial vuelve a quedar en evidencia con la acusación: “Hay que resaltar que el CGPJ siempre que un Juez pide amparo en estos términos, se lo conceda, con el objeto de amedrentar a los ciudadanos, letrados, asociaciones o instituciones que están denunciando los actos irregulares o ilícitos de algún Juez”.

En las conclusiones de la denuncia se dice: “es de interés por esta parte, manifestar que España no cumple normas, protocolos de actuación, ni tratados a los que esté adscrita, y se informa dado que el hecho de que se protocolice o se ponga una pretendida solución en una supuesta norma será a buen seguro estéril e inútil, ya que España no la cumplirá, al igual que como consta en la presente denuncia no cumple su propia legislación (Ley orgánica del poder judicial, Estatuto del ministerio fiscal, etc)”.

“Rogamos encarecidamente, se proceda a actuar firmemente contra España, sancionándola, y exigiendo que se tomen medidas urgentes contra el Consejo General del Poder Judicial, El Ministerio Fiscal, miembros del Congreso y del Senado”.

La denuncia incluye referencias a otras denuncias de abogados, personas y asociaciones, contra estos organismos; información periodística; datos estadísticos, etc., describiendo una situación de corrupción sistémica donde las autoridades públicas no cumplen la ley por norma.

En definitiva, los jueces tienen una absoluta IMPUNIDAD que les empuja a incumplir las leyes, a vender sus sentencias, a aplicar sus ignorantes creencias, a encubrir al resto de las autoridades públicas, manteniendo un sistema abusivo y autoritario, que podemos denominar abusocracia.

*Presidente de ANVIPED, Asociación Nacional de Víctimas de los Profesionales del Estado de Derecho.

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España

El juez del Tribunal Supremo que investiga al Fiscal General le acusa de «destruir pruebas». Pero aquí no dimite nadie

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El juez que investiga a García Ortiz le reprocha que haya hecho «desaparecer pruebas»

Hurtado señala la «falta de colaboración» del fiscal general del Estado por no haber comunicado al tribunal la eliminación de sus mensajes

El juez del Tribunal Supremo que investiga al fiscal general del Estado por revelación de secretos -por la filtración de datos reservados del empresario Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso- ha reprochado a Álvaro García Ortiz que haya hecho «desaparecer pruebas» de sus móviles, tras constatar la Unidad Central Operativa (UCO) que eliminó sus mensajes en los días claves de la divulgación de esa información confidencial sobre la investigación al empresario por fraude tributario.

Así lo pone de manifiesto el magistrado Ángel Hurtado en la resolución en la que -tras la queja del fiscal general sobre la incorporación de datos reservados a los informes de la UCO- acuerda que acusaciones y defensas puedan consultar los anexos de esos dictámenes en la propia secretaría del tribunal, para reducir así el riesgo de filtraciones. El instructor toma esta decisión tras recibir el último informe de la UCO, fechado el pasado día 21, que incorpora tres anexos sobre lo «cambios de móvil» del fiscal general

El instructor señala que «es una evidencia» que García Ortiz «ha hecho desaparecer pruebas que podrían encontrarse en sus terminales móviles» a lo largo de la instrucción. Y «aunque ha dado distintas explicaciones para hacerlo», añade, «de haber mostrado algún grado de colaboración con el esclarecimiento de los hechos, bien podía haberlo comunicado antes de llevar a cabo tal desaparición» y «no aprovechar» para llevar a cabo ese borrado masivo el mismo 16 de octubre del pasado año, «cuando es notorio que este Tribunal Supremo se declara competente para conocer de la causa, a raíz de auto de 15 de octubre».

«Precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia»

Ante esa eliminación de datos, y «el cauteloso «conjunto de precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia», como dice nuestra LECrim -asegura-, se han acordado diversas diligencias «para tratar de recuperar pruebas», para lo que «ha sido necesario acudir a la realización de una serie de medidas de investigación tecnológica en búsqueda de los dispositivos móviles con los que se presume que ha desplegado su actividad delictiva, en las que, previsiblemente, el propio investigado debió haberse representado la posibilidad de encontrar datos relativos a terceros, que no había razón para descartar que ofrecieran información que contribuyese a ese esclarecimiento de los hechos».

Hurtado se refiere de forma expresa a lo que señala a este respecto la Exposición de Motivos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) cuando se refiere -con el lenguaje propio de finales del siglo XIX- a la «desigualdad» de condiciones entre el investigado y el Estado en un procedimiento penal en la medida en que «desde que surge en su mente la idea del delito, o por lo menos desde que, pervertida su conciencia, forma el propósito deliberado de cometerlo», aquel «estudia cauteloso un conjunto de precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia y coloca al Poder público en una posición análoga a la de la víctima, la cual sufre el golpe por sorpresa, indefensa y desprevenida». Para restablecer esa igualdad, expone la norma procesal, «menester es que el Estado tenga alguna ventaja en los primeros momentos siquiera para recoger los vestigios del crimen y los indicios de la culpabilidad de su autor».

Y aunque deja claro que «no desconoce» que «carece de relevancia penal que un investigado llegue a hacer desparecer pruebas», añade que «tampoco se debe ignorar» que ese borrado de mensajes de su móvil (y también de las copias de seguridad, según ha constatado la UCO) «no tenga incidencia en el desarrollo de una instrucción penal».

La consulta de documentos, en el Supremo

Hurtado acuerda que, a partir de ahora, los anexos de los oficios que realice la UCO no se entregarán a las partes, que únicamente podrán consultarlos en la secretaría del alto tribunal. García Ortiz se quejó de una supuesta vulneración de la normativa de protección de datos por la divulgación de información reservada en los anexos a esos dictámenes.

El magistrado se ampara en el artículo 236 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que faculta a los jueces a adoptar las medidas necesarias para suprimir datos personales de resoluciones y documentos «siempre que no sean necesarios para garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva», y sin que en ningún caso, pueda producirse indefensión a las partes.

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