Tribunales
Jueces contra jueces

Con ocasión de uno de esos juicios que tanto han dado que hablar, y que seguramente seguirán siendo noticia en el futuro, a tres jueces en ejercicio, en diversas partes de España, no se les ocurrió otra cosa que publicar una carta abierta poniendo de chupa de dómine a sus compañeros, que habían intervenido en ese asunto.
Como justiciable, incluso ajusticiado, y sobre todo como abogado, y profesional del Derecho, teórico y práctico, me llevé las manos a la cabeza, y pensé que esa situación decía ser puesta en conocimiento del CGPJ, para la exigencia de las responsabilidades disciplinarias pertinentes, en su caso y en su día.
Envié la información pertinente a dicho Consejo, y se incoó la Diligencia Informativa 337/2018, que se abrió y cerró el mismo día, sin molestar a sus señorías ilustrísimas, faltaría más, que bastante ocupadas están en poner a parir a sus compañeros, como para encima hacerles perder el tiempo con esta “chorrada”.
Decía así yo, según los Antecedentes de Hecho del Acuerdo del Promotor de la Acción Disciplinaria:
“En concreto manifiesta, que no es lógico ni admisible que unos jueces se dediquen a criticar públicamente las sentencias de otros compañeros pues ello puede hacer quebrar el cada día más escaso respeto que la sociedad española tiene a nuestra Administración de Justicia en general, y a los Magistrados y Jueces, en particular.
Añade que un juez debe hacer abstracción de su sexo a la hora de valorar los hechos, puesto que cuando razona en Derecho debe hacerlo en calidad de Juez, no de hombre o mujer.
Igualmente manifiesta el Sr. Grau que vivimos en una sociedad insegura jurídicamente, y los ciudadanos acuden a los juzgados buscando una certeza y una seguridad jurídica que con este tipo de actuaciones, difícilmente van a encontrar, pues parece que se ha abierto la veda para que cualquier juez, en lugar de hacer su trabajo, pueda dedicarse a criticar gratuitamente las actuaciones de sus compañeros, poniendo en duda su profesionalidad y competencia”.
Para el Promotor, y según su Fundamento Jurídico Único:
“No resulta posible, sin embargo, compartir el punto de vista esgrimido por el denunciante… Y es de ver cómo, del contenido de la carta, tales limitaciones han sido respetadas por dichas Magistradas, quienes se han limitado a exteriorizar unas determinadas opiniones técnicas y valorativas, de interpretación jurídica y de análisis basado en el Derecho, propias del ámbito académico, de investigación o del comentario jurisprudencial”.
¡Pero no son profesoras universitarias, ni mucho menos investigadoras jurídicas, o ensayistas del ámbito legal, sino jueces en activo, que ejercen la profesión, y deberían comportarse como tales, con el máximo respeto hacia todos y cada uno de sus compañeros, vamos, digo yo!
Y ustedes, ¿qué opinan?
*Abogado, profesor universitario de Derecho y académico correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España.
España
El juez del Tribunal Supremo que investiga al Fiscal General le acusa de «destruir pruebas». Pero aquí no dimite nadie

El juez que investiga a García Ortiz le reprocha que haya hecho «desaparecer pruebas»
Hurtado señala la «falta de colaboración» del fiscal general del Estado por no haber comunicado al tribunal la eliminación de sus mensajes
El juez del Tribunal Supremo que investiga al fiscal general del Estado por revelación de secretos -por la filtración de datos reservados del empresario Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso- ha reprochado a Álvaro García Ortiz que haya hecho «desaparecer pruebas» de sus móviles, tras constatar la Unidad Central Operativa (UCO) que eliminó sus mensajes en los días claves de la divulgación de esa información confidencial sobre la investigación al empresario por fraude tributario.
Así lo pone de manifiesto el magistrado Ángel Hurtado en la resolución en la que -tras la queja del fiscal general sobre la incorporación de datos reservados a los informes de la UCO- acuerda que acusaciones y defensas puedan consultar los anexos de esos dictámenes en la propia secretaría del tribunal, para reducir así el riesgo de filtraciones. El instructor toma esta decisión tras recibir el último informe de la UCO, fechado el pasado día 21, que incorpora tres anexos sobre lo «cambios de móvil» del fiscal general
El instructor señala que «es una evidencia» que García Ortiz «ha hecho desaparecer pruebas que podrían encontrarse en sus terminales móviles» a lo largo de la instrucción. Y «aunque ha dado distintas explicaciones para hacerlo», añade, «de haber mostrado algún grado de colaboración con el esclarecimiento de los hechos, bien podía haberlo comunicado antes de llevar a cabo tal desaparición» y «no aprovechar» para llevar a cabo ese borrado masivo el mismo 16 de octubre del pasado año, «cuando es notorio que este Tribunal Supremo se declara competente para conocer de la causa, a raíz de auto de 15 de octubre».
«Precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia»
Ante esa eliminación de datos, y «el cauteloso «conjunto de precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia», como dice nuestra LECrim -asegura-, se han acordado diversas diligencias «para tratar de recuperar pruebas», para lo que «ha sido necesario acudir a la realización de una serie de medidas de investigación tecnológica en búsqueda de los dispositivos móviles con los que se presume que ha desplegado su actividad delictiva, en las que, previsiblemente, el propio investigado debió haberse representado la posibilidad de encontrar datos relativos a terceros, que no había razón para descartar que ofrecieran información que contribuyese a ese esclarecimiento de los hechos».
Hurtado se refiere de forma expresa a lo que señala a este respecto la Exposición de Motivos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) cuando se refiere -con el lenguaje propio de finales del siglo XIX- a la «desigualdad» de condiciones entre el investigado y el Estado en un procedimiento penal en la medida en que «desde que surge en su mente la idea del delito, o por lo menos desde que, pervertida su conciencia, forma el propósito deliberado de cometerlo», aquel «estudia cauteloso un conjunto de precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia y coloca al Poder público en una posición análoga a la de la víctima, la cual sufre el golpe por sorpresa, indefensa y desprevenida». Para restablecer esa igualdad, expone la norma procesal, «menester es que el Estado tenga alguna ventaja en los primeros momentos siquiera para recoger los vestigios del crimen y los indicios de la culpabilidad de su autor».
Y aunque deja claro que «no desconoce» que «carece de relevancia penal que un investigado llegue a hacer desparecer pruebas», añade que «tampoco se debe ignorar» que ese borrado de mensajes de su móvil (y también de las copias de seguridad, según ha constatado la UCO) «no tenga incidencia en el desarrollo de una instrucción penal».
La consulta de documentos, en el Supremo
Hurtado acuerda que, a partir de ahora, los anexos de los oficios que realice la UCO no se entregarán a las partes, que únicamente podrán consultarlos en la secretaría del alto tribunal. García Ortiz se quejó de una supuesta vulneración de la normativa de protección de datos por la divulgación de información reservada en los anexos a esos dictámenes.
El magistrado se ampara en el artículo 236 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que faculta a los jueces a adoptar las medidas necesarias para suprimir datos personales de resoluciones y documentos «siempre que no sean necesarios para garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva», y sin que en ningún caso, pueda producirse indefensión a las partes.







Carmen
07/07/2019 at 14:23
Unas juezas que en lugar de hacer su trabajo, y agilizar los penosos retrasos de la justicia española, pierden su tiempo poniendo a parir a otros compañeros de su gremio, NO MERECEN RESPETO NI CONSIDERACIÓN ALGUNA.
Pilar
07/07/2019 at 14:23
Unas juezas, que en lugar de hacer su trabajo, y agilizar los retrasos en la justicia, se dedican a poner a parir a otros compañeros, NO MERECEN RESPETO NI CONSIDERACIÓN ALGUNA.
Y lo digo como mujer, y como juez o jueza.
Pilar
13/10/2018 at 07:13
Unas juezas, que en lugar de hacer su trabajo, y agilizar los retrasos en la justicia, se dedican a poner a parir a otros compañeros, NO MERECEN RESPETO NI CONSIDERACIÓN ALGUNA.
Y lo digo como mujer, y como juez o jueza.
Carmen
13/10/2018 at 07:11
Unas juezas que en lugar de hacer su trabajo, y agilizar los penosos retrasos de la justicia española, pierden su tiempo poniendo a parir a otros compañeros de su gremio, NO MERECEN RESPETO NI CONSIDERACIÓN ALGUNA.