Tribunales
La Guardia Civil eleva a 4 millones de euros el gasto de «dinero público» para lograr la independencia

La Guardia Civil eleva ya a más de 4 millones de euros el gasto de «fondos públicos» de la Generalitat de Cataluña en su camino para lograr la independencia, según uno de los últimos informes, al que ha tenido acceso Europa Press. El instituto armado añade, a los 3,26 millones empleados en el 1-O, otros 760.000 euros destinados a programas informáticos para recaudar impuestos que corresponden al Estado.
Según este informe, entregado en el Juzgado de Instrucción número 13 de Barcelona, que investiga el «procés», la Generalitat ha contratado -desde 2014 hasta la aplicación del artículo 155 de la Constitución- el desarrollo de dos programas informáticos con el objetivo de obtener datos del IRPF y de cotizaciones a la Seguridad Social de los ciudadanos y de poder recaudar impuestos masivos excediendo sus competencias.
La última de estas herramientas informáticas costó un total de 241.382,30 euros, la llamada «back office SAP TRM», que formaría parte del sistema informático de la Agencia Tributaria de Cataluña (ATC).
Este programa permitía, según el informe policial, llevar a cabo el «objetivo principal» de obtener el control sobre una importante cantidad de ingresos tributarios -IRPF y cotizaciones sociales- que permitiese financiar las necesidades básicas de la Generalitat de Cataluña hasta que la Agencia Tributaria Catalana fuese plenamente operativa, en el supuesto de una Cataluña independiente.
Interpretación «abusiva» de la ley tributaria
Para ello, los investigadores exponen que la Generalitat realizó una interpretación «abusiva» de la Ley General Tributaria, que permite utilizar un asesor fiscal como intermediario para presentar las declaraciones y liquidaciones del impuesto ante Hacienda. Utilizando esta posibilidad, la ATC se presentaba como actor intermedio entre los contribuyentes catalanes y la Agencia Tributaria estatal.
De esta forma lograban implementar una medida que les permitiera canalizar estos fondos a través de un ente que tuvieran bajo su control directo, la Agencia Tributaria Catalana, y presentaban a ésta como una medida destinada a facilitar los trámites tributarios y la eficiencia de estos para de este modo «evitar despertar las sospechas de las autoridades centrales».
Para ello, a principios de septiembre, la Generalitat inauguró 32 oficinas de la ATC y anunció que disponía de una «herramienta informática mucho más potente para afrontar la gestión de impuestos de carácter masivo». Aumentaron también el personal, aunque el objetivo era llegar a tener 5.000 trabajadores una vez que lograran las plenas competencias en materia fiscal y para ello, querían contar con los profesionales de la Agencia Tributaria española en Cataluña, cerca de 4.000. Una cifra en la que también incluían al personal de aduanas y el Catastro.
El Gobierno de Rajoy ordenó desactivar el programa
Este desarrollo informático fue encargado a la empresa IBM, a quien la Generalitat tuvo que pedir, una vez que se aplicó el 155 de la Constitución, que cerrase y desactivase la aplicación definitivamente ya que el Gobierno de Mariano Rajoy no consideró competente a la Administración Tributaria de Cataluña (ATC) para gestionar el IRPF y las cotizaciones sociales. El coste de desactivar el programa fue de 16.162,20 euros.
Pero este no fue el primer y único intento de la Generalitat de hacerse con los datos tributarios de los contribuyentes y de lograr una herramienta que les permitiera recaudar ellos mismos todos los impuestos cuya exclusividad es del Estado.
Ya en 2014, la Generalitat catalana, con la administración de Artur Mas, contrató el desarrollo de otra aplicación informática llamada «Gestor de Entradas», para que las personas que voluntariamente lo desearan pudieran entregar a la Agencia Tributaria Catalana una copia de la declaración del IRPF con posterioridad a haberla presentado en la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT).
Con ello, pretendían alimentar las bases de datos de la ATC con la información relativa al IRPF, a pesar de que los responsables de la Generalitat no tenían ningún tipo de competencia en relación con ese impuesto.
Esta aplicación sólo estuvo operativa en 2014 y se realizaron tareas de mantenimiento hasta 2016, año en que fue dada de baja en el inventario del Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información (CTTI), entre otras razones, por el escaso uso que le dieron los ciudadanos que tributan en Cataluña.
La puesta en marcha de esta herramienta daba soporte, según el informe de Guardia Civil, a una campaña promovida por la Asamblea Nacional de Cataluña llamada «Declara en Cataluña» en la que se mencionaba que la Hacienda catalana era una estructura de Estado imprescindible en el camino hacia la independencia.
Medio millón por una herramienta que no usaron los contribuyentes
El coste de esta herramienta, descartada dos años después de crearse, fue de 511.720,95 euros. Según los investigadores fue creada para obtener «de manera unilateral la mayor cantidad posible de información relativa a un impuesto, el IRPF, cuya competencia correspondía en exclusiva la administración estatal».
Por ello, en sus conclusiones, consideran que «los máximos responsables de la Generalitat de Cataluña pudieron haber hecho un mal uso de los fondos públicos, arrogándose competencias de las que carecían» y añaden que «la cuantía total destinada a las actividades recogidas en este informe ascendió a un total de 759.390,58 euros».
En esa cantidad incluyen también el 45 por ciento del coste de los viajes al extranjero de los dirigentes de la Generalitat para buscar financiación para la República que pensaban implementar y que asciende a 6.287,33 euros. El porcentaje restante no está registrado ya que están a la espera de recibir los datos que aún no ha aportado la Generalitat. A ellos se suman los 241.382,30 euros de los programas informáticos para recaudar impuestos masivos del Gobierno de Puigdemont y los 511.720,95, del Gestor de Entradas desarrollado por el de Artur Mas para lograr los datos fiscales de los contribuyentes.
España
El juez del Tribunal Supremo que investiga al Fiscal General le acusa de «destruir pruebas». Pero aquí no dimite nadie

El juez que investiga a García Ortiz le reprocha que haya hecho «desaparecer pruebas»
Hurtado señala la «falta de colaboración» del fiscal general del Estado por no haber comunicado al tribunal la eliminación de sus mensajes
El juez del Tribunal Supremo que investiga al fiscal general del Estado por revelación de secretos -por la filtración de datos reservados del empresario Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso- ha reprochado a Álvaro García Ortiz que haya hecho «desaparecer pruebas» de sus móviles, tras constatar la Unidad Central Operativa (UCO) que eliminó sus mensajes en los días claves de la divulgación de esa información confidencial sobre la investigación al empresario por fraude tributario.
Así lo pone de manifiesto el magistrado Ángel Hurtado en la resolución en la que -tras la queja del fiscal general sobre la incorporación de datos reservados a los informes de la UCO- acuerda que acusaciones y defensas puedan consultar los anexos de esos dictámenes en la propia secretaría del tribunal, para reducir así el riesgo de filtraciones. El instructor toma esta decisión tras recibir el último informe de la UCO, fechado el pasado día 21, que incorpora tres anexos sobre lo «cambios de móvil» del fiscal general
El instructor señala que «es una evidencia» que García Ortiz «ha hecho desaparecer pruebas que podrían encontrarse en sus terminales móviles» a lo largo de la instrucción. Y «aunque ha dado distintas explicaciones para hacerlo», añade, «de haber mostrado algún grado de colaboración con el esclarecimiento de los hechos, bien podía haberlo comunicado antes de llevar a cabo tal desaparición» y «no aprovechar» para llevar a cabo ese borrado masivo el mismo 16 de octubre del pasado año, «cuando es notorio que este Tribunal Supremo se declara competente para conocer de la causa, a raíz de auto de 15 de octubre».
«Precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia»
Ante esa eliminación de datos, y «el cauteloso «conjunto de precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia», como dice nuestra LECrim -asegura-, se han acordado diversas diligencias «para tratar de recuperar pruebas», para lo que «ha sido necesario acudir a la realización de una serie de medidas de investigación tecnológica en búsqueda de los dispositivos móviles con los que se presume que ha desplegado su actividad delictiva, en las que, previsiblemente, el propio investigado debió haberse representado la posibilidad de encontrar datos relativos a terceros, que no había razón para descartar que ofrecieran información que contribuyese a ese esclarecimiento de los hechos».
Hurtado se refiere de forma expresa a lo que señala a este respecto la Exposición de Motivos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) cuando se refiere -con el lenguaje propio de finales del siglo XIX- a la «desigualdad» de condiciones entre el investigado y el Estado en un procedimiento penal en la medida en que «desde que surge en su mente la idea del delito, o por lo menos desde que, pervertida su conciencia, forma el propósito deliberado de cometerlo», aquel «estudia cauteloso un conjunto de precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia y coloca al Poder público en una posición análoga a la de la víctima, la cual sufre el golpe por sorpresa, indefensa y desprevenida». Para restablecer esa igualdad, expone la norma procesal, «menester es que el Estado tenga alguna ventaja en los primeros momentos siquiera para recoger los vestigios del crimen y los indicios de la culpabilidad de su autor».
Y aunque deja claro que «no desconoce» que «carece de relevancia penal que un investigado llegue a hacer desparecer pruebas», añade que «tampoco se debe ignorar» que ese borrado de mensajes de su móvil (y también de las copias de seguridad, según ha constatado la UCO) «no tenga incidencia en el desarrollo de una instrucción penal».
La consulta de documentos, en el Supremo
Hurtado acuerda que, a partir de ahora, los anexos de los oficios que realice la UCO no se entregarán a las partes, que únicamente podrán consultarlos en la secretaría del alto tribunal. García Ortiz se quejó de una supuesta vulneración de la normativa de protección de datos por la divulgación de información reservada en los anexos a esos dictámenes.
El magistrado se ampara en el artículo 236 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que faculta a los jueces a adoptar las medidas necesarias para suprimir datos personales de resoluciones y documentos «siempre que no sean necesarios para garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva», y sin que en ningún caso, pueda producirse indefensión a las partes.






