Tribunales
La secretaria judicial del 20-S: «Tuve miedo cuando vi lo que había fuera»

La letrada de la Administración de Justicia que encabezó el registro judicial de la Conselleria de Economía el 20 de septiembre de 2017 ha relatado al tribunal del «procés» de forma minuciosa la angustiosa situación que vivió durante toda la jornada por la masiva concentración que se produjo a las puertas del edificio (hasta 60.000 personas) que, según ha explicado, impidió la presencia de los detenidos en los registros y le obligó a abandonar la sede pasada la medianoche, dos horas después de concluir los registros, por la azotea del edificio, superando un muro de un metro y «descolgándose» hasta un teatro contiguo, desde donde pudo salir a la calle a la carrera confundiéndose entre los actores. «Tuve preocupación durante todo el día», ha asegurado a preguntas del fiscal Javier Zaragoza, «y miedo a partir de las nueve y media de la noche, cuando vi lo que había fuera».
Montserrat del Toro, secretaria judicial del Juzgado de Instrucción número 13 de Barcelona, ha relatado que desde las cuatro de la tarde los miembros de la comitiva judicial (doce funcionarios y ocho agentes de la Guardia Civil) estuvieron incomunicados, «sin poder mantener contactos con el exterior» por teléfono porque los repetidores «estaban colapsados» por la aglomeración de gente que en algún momento llegaron a abalanzarse contra la puerta de la Consejería (donde la Guardia Civil se incautó del documento Enfocats, la presumible hoja de ruta del independentismo).
«Escuché un ruido tremendo, una avalancha, y vi a gente aplastada contra el cristal. Me asusté. Oigo un impacto contra el cristal, porque alguien había tirado una botella».
Según ha relatado, ni siquiera pudieron traer comida del exterior porque el teniente al mando del operativo le comentó que «si la gente veía entrar al pizzero sabrá que es para nosotros y no puedo garantizar su seguridad». Finalmente, una agente de los Mossos «se apiadó» de ellos y les hizo llegar cinco bocadillos que se repartieron.
A media tarde, ha recordado, escuchó a una voz femenina, que identificó con la ex presidenta del Parlament Carme Forcadell, dirigirse a la gente congregada al grito de «Votarem» y «Ni un paso atrás». En todo momento, según ha explicado, eran los líderes soberanistas Jordi Sánchez y Jordi Cuixart los que negociaban con el teniente de la Guardia Civil para arbitrar una manera de que la comitiva abandonara el edificio. Pero ni el responsable policial ni Del Toro encontraron seguras las posibilidades que ofrecían, atravesar «un pasillo humano» formado por voluntarios. El propio Sánchez, ha dicho, pasadas las diez de la noche admitió «que no podía hacer nada para retirar al contingente de civiles de la puerta» de la consejería. Casi a las once de la noche, una hora después de concluir el registro, recurrió a «la única persona que podía hacer algo por nosotros», el magistrado titular de su juzgado, que había ordenado los registros, Juan Antonio Ramírez Sunyer, ya fallecido. «Me tienes que sacar de aquí», le dijo. El instructor, que estaba de guardia, habló con Trapero y le dio media hora para sacar a la comitiva del edificio. A las once y media de la noche, dos mossos le ofrecieron a la secretaria judicial la oportunidad de abandonar la sede por la azotea para llegar a un teatro contiguo y «confundirse» entre el público aprovechando el final de una función.
Pero cuando llegaron el gerente del local «»se había arrepentido» y tuvieron que esperar más de media hora más en los camerinos. Pasada la medianoche, la letrada pudo salir de nuevo a la calle. «No había nadie. El público se había ido. Sólo quedaban los actores», ha recordado. Corriendo, pudo alcanzar un coche de los Mossos sin distintivos del cuerpo. Llamó al juez Ramírez Sunyer. «Tranquilo, ya estoy fuera».
España
El juez del Tribunal Supremo que investiga al Fiscal General le acusa de «destruir pruebas». Pero aquí no dimite nadie

El juez que investiga a García Ortiz le reprocha que haya hecho «desaparecer pruebas»
Hurtado señala la «falta de colaboración» del fiscal general del Estado por no haber comunicado al tribunal la eliminación de sus mensajes
El juez del Tribunal Supremo que investiga al fiscal general del Estado por revelación de secretos -por la filtración de datos reservados del empresario Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso- ha reprochado a Álvaro García Ortiz que haya hecho «desaparecer pruebas» de sus móviles, tras constatar la Unidad Central Operativa (UCO) que eliminó sus mensajes en los días claves de la divulgación de esa información confidencial sobre la investigación al empresario por fraude tributario.
Así lo pone de manifiesto el magistrado Ángel Hurtado en la resolución en la que -tras la queja del fiscal general sobre la incorporación de datos reservados a los informes de la UCO- acuerda que acusaciones y defensas puedan consultar los anexos de esos dictámenes en la propia secretaría del tribunal, para reducir así el riesgo de filtraciones. El instructor toma esta decisión tras recibir el último informe de la UCO, fechado el pasado día 21, que incorpora tres anexos sobre lo «cambios de móvil» del fiscal general
El instructor señala que «es una evidencia» que García Ortiz «ha hecho desaparecer pruebas que podrían encontrarse en sus terminales móviles» a lo largo de la instrucción. Y «aunque ha dado distintas explicaciones para hacerlo», añade, «de haber mostrado algún grado de colaboración con el esclarecimiento de los hechos, bien podía haberlo comunicado antes de llevar a cabo tal desaparición» y «no aprovechar» para llevar a cabo ese borrado masivo el mismo 16 de octubre del pasado año, «cuando es notorio que este Tribunal Supremo se declara competente para conocer de la causa, a raíz de auto de 15 de octubre».
«Precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia»
Ante esa eliminación de datos, y «el cauteloso «conjunto de precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia», como dice nuestra LECrim -asegura-, se han acordado diversas diligencias «para tratar de recuperar pruebas», para lo que «ha sido necesario acudir a la realización de una serie de medidas de investigación tecnológica en búsqueda de los dispositivos móviles con los que se presume que ha desplegado su actividad delictiva, en las que, previsiblemente, el propio investigado debió haberse representado la posibilidad de encontrar datos relativos a terceros, que no había razón para descartar que ofrecieran información que contribuyese a ese esclarecimiento de los hechos».
Hurtado se refiere de forma expresa a lo que señala a este respecto la Exposición de Motivos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) cuando se refiere -con el lenguaje propio de finales del siglo XIX- a la «desigualdad» de condiciones entre el investigado y el Estado en un procedimiento penal en la medida en que «desde que surge en su mente la idea del delito, o por lo menos desde que, pervertida su conciencia, forma el propósito deliberado de cometerlo», aquel «estudia cauteloso un conjunto de precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia y coloca al Poder público en una posición análoga a la de la víctima, la cual sufre el golpe por sorpresa, indefensa y desprevenida». Para restablecer esa igualdad, expone la norma procesal, «menester es que el Estado tenga alguna ventaja en los primeros momentos siquiera para recoger los vestigios del crimen y los indicios de la culpabilidad de su autor».
Y aunque deja claro que «no desconoce» que «carece de relevancia penal que un investigado llegue a hacer desparecer pruebas», añade que «tampoco se debe ignorar» que ese borrado de mensajes de su móvil (y también de las copias de seguridad, según ha constatado la UCO) «no tenga incidencia en el desarrollo de una instrucción penal».
La consulta de documentos, en el Supremo
Hurtado acuerda que, a partir de ahora, los anexos de los oficios que realice la UCO no se entregarán a las partes, que únicamente podrán consultarlos en la secretaría del alto tribunal. García Ortiz se quejó de una supuesta vulneración de la normativa de protección de datos por la divulgación de información reservada en los anexos a esos dictámenes.
El magistrado se ampara en el artículo 236 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que faculta a los jueces a adoptar las medidas necesarias para suprimir datos personales de resoluciones y documentos «siempre que no sean necesarios para garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva», y sin que en ningún caso, pueda producirse indefensión a las partes.






