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Tribunales

Denuncia penal de ANVIPED contra el autoritario bipartidismo

Redacción

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Mariano Rajoy y Pedro Sánchez

Javier Marzal.- El día 21 de marzo de 2019, el Consejo Fiscal de la Fiscalía General del Estado recibió una denuncia del Presidente de la Asociación Nacional de Víctimas de los Profesionales del Estado de Derecho (ANVIPED), contra el autoritarismo de la Seguridad Social, del Presidente de Gobierno Sánchez y su antecesor Rajoy, así como de dos Ministros de cada uno de ellos y de varios cargos nacionales y provinciales.

Esta denuncia es fruto del trabajo realizado por ANVIPED durante veintidós meses, en los que ha proporcionado la documentación que ha originado veintidós publicaciones en la prensa escrita y digital, varias menciones en la radio y TV vascas, así como un programa de radio en RTVE que se emitió tres veces.denuncia, anviped

Se les acusa “por la comisión de delitos de lesa humanidad por tortura, de homicidio, maltrato, coacciones, falsedad documental, prevaricación, omisión del deber de perseguir delitos, estafa agravada, maltrato, tortura, terrorismo y banda criminal (asociación ilícita) promoviendo el autoritarismo o por ser colaboradores necesarios de los anteriores delitos”.

Se denuncia que dos organismos de la Seguridad Social han “estafado” a cientos de miles de trabajadores, no reconociendo servicios que éstos habían pagado, incluso durante décadas como es el caso de las jubilaciones. Estas instituciones han automatizado en sus ordenadores estas “estafas” y uno de estos organismos ha enviado 135.225 cartas, con datos falsos para engañar a estos trabajadores. Estas actuaciones dan la razón al Tribunal Europeo de Derechos Humanos cuando afirma que el Estado español es “poco democrático” y “disuasorio”.

Más de veinte mil sentencias judiciales anuales acreditan esta actividad criminal de los denunciados.

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El viernes 5 de abril, se lanzará una petición para que las instituciones españolas y europeas, así como Naciones Unidas, hagan que esta denuncia se tramite conforme a la legalidad, sin encubrir a los denunciados como es habitual.

En definitiva, se ha denunciado que el bipartidismo (PP+PSOE) ha convertido en organizaciones criminales a varios organismos de la Seguridad Social.

La denuncia tiene cuarenta y dos páginas que no se pueden comprimir en una noticia por lo que continuaremos informando de su contenido en artículos posteriores, así como de su tramitación en las instituciones españolas e internacionales.

Esta denuncia, una petición de apoyo a la misma en change.org y más información sobre este asunto está disponible en la página web de ANVIPED.

*Presidente de la Asociación Nacional de Víctimas de los Profesionales del Estado de Derecho (ANVIPED). Autor del Manifiesto sobre la corrupción judicial

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España

El juez del Tribunal Supremo que investiga al Fiscal General le acusa de «destruir pruebas». Pero aquí no dimite nadie

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El juez que investiga a García Ortiz le reprocha que haya hecho «desaparecer pruebas»

Hurtado señala la «falta de colaboración» del fiscal general del Estado por no haber comunicado al tribunal la eliminación de sus mensajes

El juez del Tribunal Supremo que investiga al fiscal general del Estado por revelación de secretos -por la filtración de datos reservados del empresario Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso- ha reprochado a Álvaro García Ortiz que haya hecho «desaparecer pruebas» de sus móviles, tras constatar la Unidad Central Operativa (UCO) que eliminó sus mensajes en los días claves de la divulgación de esa información confidencial sobre la investigación al empresario por fraude tributario.

Así lo pone de manifiesto el magistrado Ángel Hurtado en la resolución en la que -tras la queja del fiscal general sobre la incorporación de datos reservados a los informes de la UCO- acuerda que acusaciones y defensas puedan consultar los anexos de esos dictámenes en la propia secretaría del tribunal, para reducir así el riesgo de filtraciones. El instructor toma esta decisión tras recibir el último informe de la UCO, fechado el pasado día 21, que incorpora tres anexos sobre lo «cambios de móvil» del fiscal general

El instructor señala que «es una evidencia» que García Ortiz «ha hecho desaparecer pruebas que podrían encontrarse en sus terminales móviles» a lo largo de la instrucción. Y «aunque ha dado distintas explicaciones para hacerlo», añade, «de haber mostrado algún grado de colaboración con el esclarecimiento de los hechos, bien podía haberlo comunicado antes de llevar a cabo tal desaparición» y «no aprovechar» para llevar a cabo ese borrado masivo el mismo 16 de octubre del pasado año, «cuando es notorio que este Tribunal Supremo se declara competente para conocer de la causa, a raíz de auto de 15 de octubre».

«Precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia»

Ante esa eliminación de datos, y «el cauteloso «conjunto de precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia», como dice nuestra LECrim -asegura-, se han acordado diversas diligencias «para tratar de recuperar pruebas», para lo que «ha sido necesario acudir a la realización de una serie de medidas de investigación tecnológica en búsqueda de los dispositivos móviles con los que se presume que ha desplegado su actividad delictiva, en las que, previsiblemente, el propio investigado debió haberse representado la posibilidad de encontrar datos relativos a terceros, que no había razón para descartar que ofrecieran información que contribuyese a ese esclarecimiento de los hechos».

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Hurtado se refiere de forma expresa a lo que señala a este respecto la Exposición de Motivos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) cuando se refiere -con el lenguaje propio de finales del siglo XIX- a la «desigualdad» de condiciones entre el investigado y el Estado en un procedimiento penal en la medida en que «desde que surge en su mente la idea del delito, o por lo menos desde que, pervertida su conciencia, forma el propósito deliberado de cometerlo», aquel «estudia cauteloso un conjunto de precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia y coloca al Poder público en una posición análoga a la de la víctima, la cual sufre el golpe por sorpresa, indefensa y desprevenida». Para restablecer esa igualdad, expone la norma procesal, «menester es que el Estado tenga alguna ventaja en los primeros momentos siquiera para recoger los vestigios del crimen y los indicios de la culpabilidad de su autor».

Y aunque deja claro que «no desconoce» que «carece de relevancia penal que un investigado llegue a hacer desparecer pruebas», añade que «tampoco se debe ignorar» que ese borrado de mensajes de su móvil (y también de las copias de seguridad, según ha constatado la UCO) «no tenga incidencia en el desarrollo de una instrucción penal».

La consulta de documentos, en el Supremo

Hurtado acuerda que, a partir de ahora, los anexos de los oficios que realice la UCO no se entregarán a las partes, que únicamente podrán consultarlos en la secretaría del alto tribunal. García Ortiz se quejó de una supuesta vulneración de la normativa de protección de datos por la divulgación de información reservada en los anexos a esos dictámenes.

El magistrado se ampara en el artículo 236 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que faculta a los jueces a adoptar las medidas necesarias para suprimir datos personales de resoluciones y documentos «siempre que no sean necesarios para garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva», y sin que en ningún caso, pueda producirse indefensión a las partes.

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