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Tribunales

Denuncian al Gobierno por su implicación en la estafa a los trabajadores que informatizó Zapatero

Redacción

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José Luis Rodríguez Zapatero

Javier Marzal.- En artículos anteriores hemos informado de la denuncia de ANVIPED contra el autoritarismo de la Seguridad Social, del Presidente de Gobierno Sánchez y su antecesor Rajoy, así como de dos Ministros de cada uno de ellos y de varios cargos nacionales y provinciales que la prensa calificó como “estafas” de la “mafia de los recortes”.

En 2007, el Gobierno de Zapatero aprobó el Real Decreto 1311/2007, por el que se establecen nuevos criterios para determinar la pensión de jubilación del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.

A efectos de la denuncia de ANVIPED, cabe destacar que se mantiene la documentación necesaria para acreditar el trabajo de estos trabajadores.

El otro aspecto relevante de este Real Decreto (RD), consiste en que establece que el Instituto Social de la Marina (ISM) tenía que realizar en un año un “plan de medios” para unificar toda la documentación sobre el trabajo efectivo de estos trabajadores. Con este Plan de medios se habría acabado con el autoritarismo de la Seguridad Social denunciado. El ISM es un organismo de la Seguridad Social que interviene junto con el INSS en la tramitación de las pensiones de varios colectivos de trabajadores.

En este año de 2007, estalló la crisis estadounidense y la gente informada, como el Presidente Zapatero, sabían que crearía una gran crisis en España, aunque negara la misma. El referido RD es de octubre de 2007 que es el mes en el que estalló la crisis en Estados Unidos.

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La administración Zapatero incumplió su propia ley hasta 2011, es decir, durante tres años.

Resulta llamativo que este Plan de medios no lo hizo el Director General del ISM que estuvo durante esos tres años, sino que, como se dice en la denuncia, el actual Secretario de Estado de la Seguridad Social, Octavio Granado Martínez, le sustituyó por Luis Casqueiro Barreiro, mediante designación a dedo.

Según se dice en la denuncia, este Director General hizo el Plan de medios en octubre de 2011, automatizando en los ordenadores las denominadas “estafas” de la “mafia de los recortes” por dos medios de comunicación regionales, influyentes y prestigiosos, uno vasco y otro gallego. De esta forma se ignoraba parte del contenido de los documentos oficiales del Ministerio de Fomento, incumpliendo este Real Decreto, la Ley General de la Seguridad Social, las normas internacionales y la jurisprudencia española, que afirman que los documentos oficiales expedidos por el Ministerio de Fomento, son los únicos documentos que acreditan el “trabajo efectivo” de estos trabajadores.

Estos hechos inducen a pensar que el Gobierno de ZP intentó obligar al Director General del ISM a informatizar estas estafas, éste se negó y le destituyeron por ello.

Tras nuestra reunión con un Senador del PSOE, esta formación política, entonces presidida por Sánchez, tuvo la desfachatez de registrar una Iniciativa Parlamentaria contra la entonces Ministra Báñez, a pesar de lo antedicho.

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Hemos informado de esta trama al Presidente Sánchez, al Ministro de Fomento y a la Ministra de la Seguridad Social, obteniendo una respuesta donde se desentienden del asunto. La Ministra de Fomento fue invitada a participar en el programa especial de radio en RTVE que se emitió tres veces en noviembre de 2018, pero nadie del Ministerio intervino, limitándose a enviar un escrito donde mantenía la posición del PP.

La denuncia de ANVIPED incluye casos de esta trama, con sentencias judiciales, durante el Gobierno de Zapatero (PSOE), igual que en los anteriores Gobiernos de Aznar (PP) y González (PSOE), así como en los posteriores de Rajoy (PP) y de Sánchez (PSOE). No sólo son casos de los trabajadores del mar, sino también de otros colectivos.

En posteriores artículos seguiremos informando sobre otros aspectos de las 42 páginas de esta denuncia y de su tramitación.

Presidente de la Asociación Nacional de Víctimas de los Profesionales del Estado de Derecho (ANVIPED)

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España

El juez del Tribunal Supremo que investiga al Fiscal General le acusa de «destruir pruebas». Pero aquí no dimite nadie

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El juez que investiga a García Ortiz le reprocha que haya hecho «desaparecer pruebas»

Hurtado señala la «falta de colaboración» del fiscal general del Estado por no haber comunicado al tribunal la eliminación de sus mensajes

El juez del Tribunal Supremo que investiga al fiscal general del Estado por revelación de secretos -por la filtración de datos reservados del empresario Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso- ha reprochado a Álvaro García Ortiz que haya hecho «desaparecer pruebas» de sus móviles, tras constatar la Unidad Central Operativa (UCO) que eliminó sus mensajes en los días claves de la divulgación de esa información confidencial sobre la investigación al empresario por fraude tributario.

Así lo pone de manifiesto el magistrado Ángel Hurtado en la resolución en la que -tras la queja del fiscal general sobre la incorporación de datos reservados a los informes de la UCO- acuerda que acusaciones y defensas puedan consultar los anexos de esos dictámenes en la propia secretaría del tribunal, para reducir así el riesgo de filtraciones. El instructor toma esta decisión tras recibir el último informe de la UCO, fechado el pasado día 21, que incorpora tres anexos sobre lo «cambios de móvil» del fiscal general

El instructor señala que «es una evidencia» que García Ortiz «ha hecho desaparecer pruebas que podrían encontrarse en sus terminales móviles» a lo largo de la instrucción. Y «aunque ha dado distintas explicaciones para hacerlo», añade, «de haber mostrado algún grado de colaboración con el esclarecimiento de los hechos, bien podía haberlo comunicado antes de llevar a cabo tal desaparición» y «no aprovechar» para llevar a cabo ese borrado masivo el mismo 16 de octubre del pasado año, «cuando es notorio que este Tribunal Supremo se declara competente para conocer de la causa, a raíz de auto de 15 de octubre».

«Precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia»

Ante esa eliminación de datos, y «el cauteloso «conjunto de precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia», como dice nuestra LECrim -asegura-, se han acordado diversas diligencias «para tratar de recuperar pruebas», para lo que «ha sido necesario acudir a la realización de una serie de medidas de investigación tecnológica en búsqueda de los dispositivos móviles con los que se presume que ha desplegado su actividad delictiva, en las que, previsiblemente, el propio investigado debió haberse representado la posibilidad de encontrar datos relativos a terceros, que no había razón para descartar que ofrecieran información que contribuyese a ese esclarecimiento de los hechos».

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Hurtado se refiere de forma expresa a lo que señala a este respecto la Exposición de Motivos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) cuando se refiere -con el lenguaje propio de finales del siglo XIX- a la «desigualdad» de condiciones entre el investigado y el Estado en un procedimiento penal en la medida en que «desde que surge en su mente la idea del delito, o por lo menos desde que, pervertida su conciencia, forma el propósito deliberado de cometerlo», aquel «estudia cauteloso un conjunto de precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia y coloca al Poder público en una posición análoga a la de la víctima, la cual sufre el golpe por sorpresa, indefensa y desprevenida». Para restablecer esa igualdad, expone la norma procesal, «menester es que el Estado tenga alguna ventaja en los primeros momentos siquiera para recoger los vestigios del crimen y los indicios de la culpabilidad de su autor».

Y aunque deja claro que «no desconoce» que «carece de relevancia penal que un investigado llegue a hacer desparecer pruebas», añade que «tampoco se debe ignorar» que ese borrado de mensajes de su móvil (y también de las copias de seguridad, según ha constatado la UCO) «no tenga incidencia en el desarrollo de una instrucción penal».

La consulta de documentos, en el Supremo

Hurtado acuerda que, a partir de ahora, los anexos de los oficios que realice la UCO no se entregarán a las partes, que únicamente podrán consultarlos en la secretaría del alto tribunal. García Ortiz se quejó de una supuesta vulneración de la normativa de protección de datos por la divulgación de información reservada en los anexos a esos dictámenes.

El magistrado se ampara en el artículo 236 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que faculta a los jueces a adoptar las medidas necesarias para suprimir datos personales de resoluciones y documentos «siempre que no sean necesarios para garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva», y sin que en ningún caso, pueda producirse indefensión a las partes.

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