Tribunales
El Gobierno indulta a un policía local que falsificó documentos para encubrir a su hermano
Eva Belmonte.- El BOE de hoy recoge nueve indultos, los primeros del año, y que rebajan penas a condenados por delitos de hurto, insolvencia punible (tres), tráfico de estupefacientes, sustracción de menores, impago de pensiones y falsedad en documento oficial. Los dos sentenciados por este último delito son miembros de cuerpos de cuerpos de seguridad públicos, un policía local y un guardia civil.
El agente de la Policía Local, José Romero, fue condenado en 2016 por haber falsificado documentos oficiales. Según consta en la sentencia, su hermano conducía un quad haciendo caballitos cuando una patrulla de Tráfico le dio el alto. Él hizo caso omiso y se dio a la fuga, hasta adentrarse en el centro histórico de Carmona (Sevilla), donde los agentes le dejaron marchar para evitar problemas en la zona. Fue entonces cuando, con la ayuda de un testigo y de la matrícula, le identificaron. Para evitar la sanción, argumentó que no era él quien conducía. Lo hizo gracias a su hermano, policía local de la localidad, que creó unos documentos que probaban que justo un día antes le habían sustraído el quad y lo había denunciado. Pero se probó que los documentos de la denuncia habían sido falsificados por su hermano.
Así, ambos fueron condenados por falsedad documental. Pero la pena impuesta al policía local, debido a su cargo y responsabilidad en los hechos, fue mayor, y superaba los dos años de prisión, por lo que le tocaba entrar a la cárcel. Gracias al indulto, la pena de prisión desaparece y solo queda el resto de sanciones: una multa de 4.500 euros y la inhabilitación durante dos años como policía de cualquier tipo, lo que le hace perder la plaza.
Este no es el único caso de un miembro de las fuerzas de seguridad que ha sido indultado en esta ronda. Antonio Tamayo, miembro de la Guardia Civil de Tráfico en Jerez de la Frontera, también fue condenado por falsedad en documento oficial y también ha sido indultado. En su caso, cometió el delito no para beneficiar a otra persona, sino para perjudicarle: puso una multa falsa al exmarido de su mujer.
Cuando estaba de servicio y reconoció el coche, según narra la sentencia, se inventó una sanción por no tener la matrícula visible, algo que fue demostrado falso por fotografías y análisis posteriores. La Audiencia Provincial de Cádiz consideró en 2015 que lo hizo para perjudicar al exmarido y le impuso una pena de tres años de prisión. El indulto la rebaja a dos para intentar evitar su entrada en prisión.
En este caso, es la propia Audiencia Provincial la que pide el indulto, al considerar que la ley es “excesivamente severa”. Lo mismo ocurre en otro de los indultos de hoy, el que devuelve la posibilidad de ostentar la patria potestad a un hombre condenado por sustracción de menores.
Las nueve medidas de gracia publicadas hoy en el BOE fueron aprobadas el pasado viernes en Consejo de Ministros pero, como es habitual -excepto en los perdones solicitados por las cofradías por Semana Santa-, no se informó de la medida en las referencias de la reunión y sabemos de ellos solo cuando llegan al BOE.
Con estos, son 17 los perdones concedidos por el Gobierno de Pedro Sánchez. Del mismo modo que ocurría con el Ejecutivo anterior, los decretos no incluyen las razones concretas que motivaron la decisión, pese a que una sentencia de hace cinco años del Tribunal Supremo lo exige.
(Civio)
España
El juez del Tribunal Supremo que investiga al Fiscal General le acusa de «destruir pruebas». Pero aquí no dimite nadie
El juez que investiga a García Ortiz le reprocha que haya hecho «desaparecer pruebas»
Hurtado señala la «falta de colaboración» del fiscal general del Estado por no haber comunicado al tribunal la eliminación de sus mensajes
El juez del Tribunal Supremo que investiga al fiscal general del Estado por revelación de secretos -por la filtración de datos reservados del empresario Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso- ha reprochado a Álvaro García Ortiz que haya hecho «desaparecer pruebas» de sus móviles, tras constatar la Unidad Central Operativa (UCO) que eliminó sus mensajes en los días claves de la divulgación de esa información confidencial sobre la investigación al empresario por fraude tributario.
Así lo pone de manifiesto el magistrado Ángel Hurtado en la resolución en la que -tras la queja del fiscal general sobre la incorporación de datos reservados a los informes de la UCO- acuerda que acusaciones y defensas puedan consultar los anexos de esos dictámenes en la propia secretaría del tribunal, para reducir así el riesgo de filtraciones. El instructor toma esta decisión tras recibir el último informe de la UCO, fechado el pasado día 21, que incorpora tres anexos sobre lo «cambios de móvil» del fiscal general
El instructor señala que «es una evidencia» que García Ortiz «ha hecho desaparecer pruebas que podrían encontrarse en sus terminales móviles» a lo largo de la instrucción. Y «aunque ha dado distintas explicaciones para hacerlo», añade, «de haber mostrado algún grado de colaboración con el esclarecimiento de los hechos, bien podía haberlo comunicado antes de llevar a cabo tal desaparición» y «no aprovechar» para llevar a cabo ese borrado masivo el mismo 16 de octubre del pasado año, «cuando es notorio que este Tribunal Supremo se declara competente para conocer de la causa, a raíz de auto de 15 de octubre».
«Precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia»
Ante esa eliminación de datos, y «el cauteloso «conjunto de precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia», como dice nuestra LECrim -asegura-, se han acordado diversas diligencias «para tratar de recuperar pruebas», para lo que «ha sido necesario acudir a la realización de una serie de medidas de investigación tecnológica en búsqueda de los dispositivos móviles con los que se presume que ha desplegado su actividad delictiva, en las que, previsiblemente, el propio investigado debió haberse representado la posibilidad de encontrar datos relativos a terceros, que no había razón para descartar que ofrecieran información que contribuyese a ese esclarecimiento de los hechos».
Hurtado se refiere de forma expresa a lo que señala a este respecto la Exposición de Motivos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) cuando se refiere -con el lenguaje propio de finales del siglo XIX- a la «desigualdad» de condiciones entre el investigado y el Estado en un procedimiento penal en la medida en que «desde que surge en su mente la idea del delito, o por lo menos desde que, pervertida su conciencia, forma el propósito deliberado de cometerlo», aquel «estudia cauteloso un conjunto de precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia y coloca al Poder público en una posición análoga a la de la víctima, la cual sufre el golpe por sorpresa, indefensa y desprevenida». Para restablecer esa igualdad, expone la norma procesal, «menester es que el Estado tenga alguna ventaja en los primeros momentos siquiera para recoger los vestigios del crimen y los indicios de la culpabilidad de su autor».
Y aunque deja claro que «no desconoce» que «carece de relevancia penal que un investigado llegue a hacer desparecer pruebas», añade que «tampoco se debe ignorar» que ese borrado de mensajes de su móvil (y también de las copias de seguridad, según ha constatado la UCO) «no tenga incidencia en el desarrollo de una instrucción penal».
La consulta de documentos, en el Supremo
Hurtado acuerda que, a partir de ahora, los anexos de los oficios que realice la UCO no se entregarán a las partes, que únicamente podrán consultarlos en la secretaría del alto tribunal. García Ortiz se quejó de una supuesta vulneración de la normativa de protección de datos por la divulgación de información reservada en los anexos a esos dictámenes.
El magistrado se ampara en el artículo 236 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que faculta a los jueces a adoptar las medidas necesarias para suprimir datos personales de resoluciones y documentos «siempre que no sean necesarios para garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva», y sin que en ningún caso, pueda producirse indefensión a las partes.
