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Tribunales

El PP dará la batalla por la prisión permanente revisable y endurecer la Ley del Menor

AGENCIAS

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Cosidó (derecha), en la convención del PP.

El PP «dará la batalla» para ampliar los supuestos de aplicación de la prisión permanente revisable y para endurecer la Ley del Menor en casos de delitos especialmente graves, al tiempo que ha ratificado su «compromiso inquebrantable» en la lucha contra la violencia hacia las mujeres.

Ha sido el compromiso que ha lanzado Ignacio Cosidó, portavoz del PP en el Senado y exdirector general de la Policía, en un debate en el marco de la convención nacional del partido en el que han participado Juan José Cortés, padre de Mariluz; Marimar Bermúdez, madre de Sandra Palo; y la exdelegada del Gobierno contra la violencia de género Blanca Hernández.

Víctimas de la violencia, como Cortés o Bermúdez, que para Cosidó serán el «referente» del PP para cualquier iniciativa legislativa que vaya a emprender para atajar la lacra de la violencia contra las mujeres o los menores.

El portavoz del PP en la Cámara Alta ha rechazado que ningún partido pueda darles «lecciones» sobre la lucha contra la violencia machista, y ha apostado por abrir una «reflexión» para reformar la Ley del Menor pensando en víctimas como Sandra Palo.

También sobre la violencia machista, Blanca Hernández ha apostado por hacer a los hombres «partícipes» de la solución del problema y ha alertado de la estrategia «profundamente peligrosa» de lanzar la idea de que las mujeres son unas «lagartas» que se aprovechan de las leyes de género que las protegen cuando, al contrario, hay todavía muchas mujeres que no se atreven a denunciar su situación.

Frente a ello, ha apostado por un discurso centrado que reconozca el problema de forma objetiva.

«El PP está con las víctimas y no se avergüenza de ello», ha proclamado Juan José Cortés, padre de Mariluz, que se ha puesto a disposición del presidente del partido, Pablo Casado, para defender a los «más débiles», niños, ancianos y mujeres, ha relatado.

Ha rechazado que la prisión permanente revisable sea «inhumana y degradante» y ha emplazado al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, a que si «de verdad» quiere defender a las mujeres retire el recurso de su partido contra esta pena.

A su juicio, si Sánchez no hace caso de sus demandas no será «digno» de ser presidente del Gobierno de España: «te lo pedimos las víctimas», ha alertado.

Marimar Bermúdez, madre de Sandra Palo, ha reclamado penas más elevadas para los menores que cometen delitos especialmente graves, como la violación y el brutal asesinato de su hija.

«Queremos que los menores, cuando cumplan 18 años pasen a la cárcel y que las penas sean más elevadas», ha pedido.

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España

El juez del Tribunal Supremo que investiga al Fiscal General le acusa de «destruir pruebas». Pero aquí no dimite nadie

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El juez que investiga a García Ortiz le reprocha que haya hecho «desaparecer pruebas»

Hurtado señala la «falta de colaboración» del fiscal general del Estado por no haber comunicado al tribunal la eliminación de sus mensajes

El juez del Tribunal Supremo que investiga al fiscal general del Estado por revelación de secretos -por la filtración de datos reservados del empresario Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso- ha reprochado a Álvaro García Ortiz que haya hecho «desaparecer pruebas» de sus móviles, tras constatar la Unidad Central Operativa (UCO) que eliminó sus mensajes en los días claves de la divulgación de esa información confidencial sobre la investigación al empresario por fraude tributario.

Así lo pone de manifiesto el magistrado Ángel Hurtado en la resolución en la que -tras la queja del fiscal general sobre la incorporación de datos reservados a los informes de la UCO- acuerda que acusaciones y defensas puedan consultar los anexos de esos dictámenes en la propia secretaría del tribunal, para reducir así el riesgo de filtraciones. El instructor toma esta decisión tras recibir el último informe de la UCO, fechado el pasado día 21, que incorpora tres anexos sobre lo «cambios de móvil» del fiscal general

El instructor señala que «es una evidencia» que García Ortiz «ha hecho desaparecer pruebas que podrían encontrarse en sus terminales móviles» a lo largo de la instrucción. Y «aunque ha dado distintas explicaciones para hacerlo», añade, «de haber mostrado algún grado de colaboración con el esclarecimiento de los hechos, bien podía haberlo comunicado antes de llevar a cabo tal desaparición» y «no aprovechar» para llevar a cabo ese borrado masivo el mismo 16 de octubre del pasado año, «cuando es notorio que este Tribunal Supremo se declara competente para conocer de la causa, a raíz de auto de 15 de octubre».

«Precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia»

Ante esa eliminación de datos, y «el cauteloso «conjunto de precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia», como dice nuestra LECrim -asegura-, se han acordado diversas diligencias «para tratar de recuperar pruebas», para lo que «ha sido necesario acudir a la realización de una serie de medidas de investigación tecnológica en búsqueda de los dispositivos móviles con los que se presume que ha desplegado su actividad delictiva, en las que, previsiblemente, el propio investigado debió haberse representado la posibilidad de encontrar datos relativos a terceros, que no había razón para descartar que ofrecieran información que contribuyese a ese esclarecimiento de los hechos».

Hurtado se refiere de forma expresa a lo que señala a este respecto la Exposición de Motivos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) cuando se refiere -con el lenguaje propio de finales del siglo XIX- a la «desigualdad» de condiciones entre el investigado y el Estado en un procedimiento penal en la medida en que «desde que surge en su mente la idea del delito, o por lo menos desde que, pervertida su conciencia, forma el propósito deliberado de cometerlo», aquel «estudia cauteloso un conjunto de precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia y coloca al Poder público en una posición análoga a la de la víctima, la cual sufre el golpe por sorpresa, indefensa y desprevenida». Para restablecer esa igualdad, expone la norma procesal, «menester es que el Estado tenga alguna ventaja en los primeros momentos siquiera para recoger los vestigios del crimen y los indicios de la culpabilidad de su autor».

Y aunque deja claro que «no desconoce» que «carece de relevancia penal que un investigado llegue a hacer desparecer pruebas», añade que «tampoco se debe ignorar» que ese borrado de mensajes de su móvil (y también de las copias de seguridad, según ha constatado la UCO) «no tenga incidencia en el desarrollo de una instrucción penal».

La consulta de documentos, en el Supremo

Hurtado acuerda que, a partir de ahora, los anexos de los oficios que realice la UCO no se entregarán a las partes, que únicamente podrán consultarlos en la secretaría del alto tribunal. García Ortiz se quejó de una supuesta vulneración de la normativa de protección de datos por la divulgación de información reservada en los anexos a esos dictámenes.

El magistrado se ampara en el artículo 236 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que faculta a los jueces a adoptar las medidas necesarias para suprimir datos personales de resoluciones y documentos «siempre que no sean necesarios para garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva», y sin que en ningún caso, pueda producirse indefensión a las partes.

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