Tribunales
Podemos espera que el PSOE también negocie con ellos la renovación del CGPJ

A un día de que mañana se cierre el plazo en el Congreso para que los grupos presenten sus candidatos a la renovación del CGPJ, Podemos está a la espera de que el PSOE se avenga a negociar con ellos para tratar de conformar una «mayoría progresista» en el órgano de gobierno de jueces y magistrados.
Sin embargo, se quejan fuentes de la formación morada, los socialistas sólo han conversado hasta ahora con el PP, con quien en principio se han repartido a partes iguales los veinte vocales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) cuyo mandato finaliza el próximo 4 de diciembre, y ahora buscan un presidente de consenso.
Uno de los candidatos con posibilidades de entrar, siempre y cuando el PSOE cediera uno de sus puestos, es la exdiputada de Podemos Victoria Rosell, magistrada que ejerce en Canarias y que fue portavoz de Jueces Para la Democracia entre 2012 y 2015.
Aunque Podemos rechaza el actual sistema de elección de los vocales -diez a propuesta del Congreso y otros diez del Senado- al apostar por otro modelo paritario y basado en el mérito, está dispuesto a hablar sobre los perfiles de los candidatos y respecto a la Presidencia de este órgano, según fuentes del partido.
Porque, como ha señalado en una entrevista el líder de Podemos, Pablo Iglesias, «puestos hacerlo mal, pongámonos de acuerdo entre todos».
Sitúan así la pelota en el tejado del PSOE, que es quien debería a su juicio tomar la iniciativa para darles protagonismo en un proceso que está entrando en su fase final, porque mañana lunes a las ocho de la tarde acaba en el Congreso el plazo de candidaturas.
En todo caso, y debido a la mayoría reforzada de tres quintos de las dos cámaras legislativas que exige la ley para elegir a los miembros del CGPJ, es imprescindible el acuerdo entre PP y PSOE.
Ciudadanos se ha excluido de cualquier negociación y se mantiene al margen de una renovación que tacha de mero «intercambio de cromos» entre socialistas y populares, quienes ahora se afanan en pactar el nombre del sustituto de Carlos Lesmes.
El plazo de presentación de candidaturas termina mañana después de que la Mesa lo aplazara una semana para propiciar las negociaciones; pero en el Senado permanece abierto hasta diciembre, de manera que las fuerzas políticas cuentan con cierto margen.
De los veinte vocales del Consejo, doce deben ser elegidos entre jueces y magistrados y los otros ocho entre «juristas de reconocida competencia», que son los que proponen directamente los grupos parlamentarios del Congreso y el Senado.
Los de reconocido prestigio proceden de la lista que el CGPJ envió a finales de septiembre al Parlamento con 51 nombres avalados por las asociaciones de jueces o al menos 25 miembros de la carrera judicial en activo, como marca la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Esta lista está encabezada por dos mujeres, Gema Espinosa, exdirectora de la Escuela Judicial y esposa del magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena, y la presidenta de la sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, María José Renedo.
También figura en la relación el magistrado de la Audiencia Nacional Fernando Andreu, avalado por sus propios compañeros de la carrera judicial.
Otro nombre destacado es el de la juez María Tardón -avalada por la Asociación Francisco de Vitoria-, nueva titular del Juzgado Central de Instrucción número 3 de la Audiencia Nacional y que en 1999 figuró en las listas del PP al Ayuntamiento de Madrid y fue teniente de alcalde en el equipo de José María Álvarez del Manzano.
Jueces y juezas para la Democracia ha avalado ocho candidatos, entre ellos la magistrada Victoria Rosell, que fue diputada con Podemos, si bien las fuentes de este partido remarcan que si finalmente entrara en el CGPJ ello sería por decisión del PSOE.
España
El juez del Tribunal Supremo que investiga al Fiscal General le acusa de «destruir pruebas». Pero aquí no dimite nadie

El juez que investiga a García Ortiz le reprocha que haya hecho «desaparecer pruebas»
Hurtado señala la «falta de colaboración» del fiscal general del Estado por no haber comunicado al tribunal la eliminación de sus mensajes
El juez del Tribunal Supremo que investiga al fiscal general del Estado por revelación de secretos -por la filtración de datos reservados del empresario Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso- ha reprochado a Álvaro García Ortiz que haya hecho «desaparecer pruebas» de sus móviles, tras constatar la Unidad Central Operativa (UCO) que eliminó sus mensajes en los días claves de la divulgación de esa información confidencial sobre la investigación al empresario por fraude tributario.
Así lo pone de manifiesto el magistrado Ángel Hurtado en la resolución en la que -tras la queja del fiscal general sobre la incorporación de datos reservados a los informes de la UCO- acuerda que acusaciones y defensas puedan consultar los anexos de esos dictámenes en la propia secretaría del tribunal, para reducir así el riesgo de filtraciones. El instructor toma esta decisión tras recibir el último informe de la UCO, fechado el pasado día 21, que incorpora tres anexos sobre lo «cambios de móvil» del fiscal general
El instructor señala que «es una evidencia» que García Ortiz «ha hecho desaparecer pruebas que podrían encontrarse en sus terminales móviles» a lo largo de la instrucción. Y «aunque ha dado distintas explicaciones para hacerlo», añade, «de haber mostrado algún grado de colaboración con el esclarecimiento de los hechos, bien podía haberlo comunicado antes de llevar a cabo tal desaparición» y «no aprovechar» para llevar a cabo ese borrado masivo el mismo 16 de octubre del pasado año, «cuando es notorio que este Tribunal Supremo se declara competente para conocer de la causa, a raíz de auto de 15 de octubre».
«Precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia»
Ante esa eliminación de datos, y «el cauteloso «conjunto de precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia», como dice nuestra LECrim -asegura-, se han acordado diversas diligencias «para tratar de recuperar pruebas», para lo que «ha sido necesario acudir a la realización de una serie de medidas de investigación tecnológica en búsqueda de los dispositivos móviles con los que se presume que ha desplegado su actividad delictiva, en las que, previsiblemente, el propio investigado debió haberse representado la posibilidad de encontrar datos relativos a terceros, que no había razón para descartar que ofrecieran información que contribuyese a ese esclarecimiento de los hechos».
Hurtado se refiere de forma expresa a lo que señala a este respecto la Exposición de Motivos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) cuando se refiere -con el lenguaje propio de finales del siglo XIX- a la «desigualdad» de condiciones entre el investigado y el Estado en un procedimiento penal en la medida en que «desde que surge en su mente la idea del delito, o por lo menos desde que, pervertida su conciencia, forma el propósito deliberado de cometerlo», aquel «estudia cauteloso un conjunto de precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia y coloca al Poder público en una posición análoga a la de la víctima, la cual sufre el golpe por sorpresa, indefensa y desprevenida». Para restablecer esa igualdad, expone la norma procesal, «menester es que el Estado tenga alguna ventaja en los primeros momentos siquiera para recoger los vestigios del crimen y los indicios de la culpabilidad de su autor».
Y aunque deja claro que «no desconoce» que «carece de relevancia penal que un investigado llegue a hacer desparecer pruebas», añade que «tampoco se debe ignorar» que ese borrado de mensajes de su móvil (y también de las copias de seguridad, según ha constatado la UCO) «no tenga incidencia en el desarrollo de una instrucción penal».
La consulta de documentos, en el Supremo
Hurtado acuerda que, a partir de ahora, los anexos de los oficios que realice la UCO no se entregarán a las partes, que únicamente podrán consultarlos en la secretaría del alto tribunal. García Ortiz se quejó de una supuesta vulneración de la normativa de protección de datos por la divulgación de información reservada en los anexos a esos dictámenes.
El magistrado se ampara en el artículo 236 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que faculta a los jueces a adoptar las medidas necesarias para suprimir datos personales de resoluciones y documentos «siempre que no sean necesarios para garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva», y sin que en ningún caso, pueda producirse indefensión a las partes.






