Connect with us

España

En una agresión mutua, el hombre ejerce violencia machista sobre la mujer, según el Supremo

AGENCIAS

Published

on

El Pleno del Tribunal Supremo ha dictado que es violencia de género toda aquella que se ejerce contra una mujer en el ámbito de la pareja o expareja, aunque sea una agresión mutua e, incluso, haya sido ella la que ha iniciado la pelea física.

La sentencia, en la que ha sido ponente el magistrado Vicente Magro Servet, acuerda que, existiendo una agresión mutua en un contexto de pareja o expareja, el hombre incurrirá en un delito de violencia de género y la mujer en uno de violencia doméstica. «Probada la agresión, el hecho es constitutivo de violencia de género y si hay agresión mutua, como en este caso, ambos deben ser condenados. Por violencia de género al hombre, y familiar a la mujer», señala el fallo.

Con este argumento, el alto tribunal ha revocado la absolución de ambos que previamente acordó la Audiencia Provincial de Zaragoza. Asimismo, ha condenado al hombre a la pena de 6 meses de prisión con orden de alejamiento y sus accesorias; y a la mujer a una pena de 3 meses con iguales accesorias y alejamiento.

Según se relata en los hechos probados, «en un momento determinado se inició una discusión entre ellos motivada por no ponerse de acuerdo en el momento que habían de marchar a casa». Tras ello, se agredieron recíprocamente, «de manera que la encausada le propinó a él un puñetazo en el rostro y él le dio un tortazo con la mano abierta en la cara, recibiendo él una patada propinada por ella, sin que conste la producción de lesiones».

Ninguno de los dos había denunciado los hechos, pero el Ministerio Fiscal les acusaba de los delitos de maltrato, previstos y penados en el Código Penal. En un primer momento se les absolvió por entender que al no quedar acreditada la intención de dominación o machismo del hombre a la mujer en su agresión los hechos no eran constitutivos de acto de violencia de género (artículo 153.1) en el ataque de él a ella, ni del artículo 153.2 de la mujer hacia el hombre. Así, se enmarcó en el artículo 147.2 del Código Penal de maltrato sin lesión –que exige denuncia previa– y, al no existir ésta, no se podría condenar a ninguno de ellos.

Advertisement

Sin embargo, para el Tribunal Supremo «no existe base ni argumento legal para degradar a un delito leve una agresión mutua entre hombre y mujer que sean pareja o expareja. A su juicio, «no es preciso acreditar una específica intención machista debido a que cuando el hombre agrede a la mujer ya es por sí mismo un acto de violencia de género con connotaciones de poder y machismo».

«Si hay agresión del hombre sobre la mujer ello es violencia de género, y si hay agresión mutua no es preciso probar un comportamiento de dominación del hombre sobre la mujer», incide la sentencia.

Asimismo, considera que «la pareja solo deberá reflejar un golpe o maltrato sin causar lesión para integrar delito de violencia de género y violencia familiar, respectivamente, «sin mayores aditamentos probatorios». Aunque el TS apunta que podría valorarse en cada caso si hubo legítima defensa en su respuesta agresiva, «no puede dictarse una sentencia absolutoria si queda constatada la agresión mutua».

Actos de poder

Según el TS, los actos de violencia que ejerce el hombre sobre la mujer con ocasión de una relación afectiva de pareja constituyen «actos de poder y superioridad frente a ella con independencia de cuál sea la motivación o la intencionalidad». Así pues, acuerda que «cualquier agresión de un hombre a una mujer en la relación de pareja o expareja es hecho constitutivo de violencia de género».

«Se entiende que los actos de violencia que ejerce el hombre sobre la mujer con ocasión de una relación afectiva de pareja constituyen actos de poder y superioridad frente a ella con independencia de cuál sea la motivación o la intencionalidad.

Advertisement

Según argumenta, cuando el legislador aprobó los tipos que sancionan la violencia de género «en modo alguno quiso adicionar una exigencia de valoración intencional para exigir que se probara una especial intención de dominación del hombre sobre la mujer para que el hecho fuera considerado como violencia de género».

Discrepancias

La sentencia incluye un voto particular que suscriben cuatro de los 14 magistrados del Pleno del Tribunal Supremo que rechaza que se condene por el delito de violencia de género al hombre. Según alegan, tanto el hombre como la mujer debieron ser condenados ambos como autores de un delito de violencia en el ámbito familiar (153.2) y, ante la escasa gravedad de los hechos, «serles aplicada la pena inferior en un grado que permite el artículo 153.4».

El voto particular, redactado por el magistrado Miguel Colmenero, y al que se han adherido sus compañeros Alberto Jorge Barreiro, Juan Ramón Berdugo y Carmen Lamela, afirma que los hechos probados no contienen ningún elemento que permita entender que la agresión del varón a la mujer se produjo en el marco de una relación de dominación, humillación o subordinación de esta última respecto de aquel.

«Por el contrario, del relato fáctico no es difícil deducir que las agresiones mutuas tuvieron lugar en un nivel de igualdad, en el que dos seres humanos, con independencia de los roles personales y sociales que cada uno pueda atribuir al otro, se enfrentan hasta llegar a la agresión física, teniendo como base una discrepancia sobre un aspecto intrascendente de su vida, discrepancia que pudiera haberse producido y tratado entre cualesquiera otras dos personas, sin implicar superioridad inicial de ninguna sobre la otra», recalca el voto.

Además, los magistrados del voto discrepante creen que la aplicación del artículo 153.1 (delito por violencia de género) al acusado varón «resulta automática y mecánica, e implica una presunción en su contra relativa a la concurrencia del elemento objetivo que, según la doctrina del Tribunal Constitucional, justifica que la sanción sea diferente y más grave que la que correspondería al otro miembro de la pareja que ejecuta hechos de idéntica relevancia penal».

Advertisement

«Partir de la base de que concurre el elemento que justifica el trato desigual es contrario a la presunción de inocencia. Y hacer que el acusado responda, de modo automático y mecánico, de una característica de la conducta, necesaria para justificar la desigualdad de trato, que no se ha probado en el caso, además, vulnera el principio de culpabilidad», insiste el voto.

Advertisement
Click to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

España

¡Al fin! VOX trata al PSOE Azul (Antiguo PP) como se merece y advierte: serán «el doble de exigentes» y acusa al PP de «patrocinar guerras sucias» contra Vox

AGENCIAS

Published

on

El líder de Vox reclama a los populares negociaciones «serias, sin prisas, con medidas concretas» y plazos y garantías de cumplimiento: «No son de fiar»

 

Santiago Abascal ha ofrecido este lunes una declaración ante los medios de comunicación en la que ha acusado al PP y al PSOE de atacar de forma «permanente» a Vox con «mentiras e insinuaciones» y en concreto a los populares de «patrocinar guerras sucias» contra su formación. Y ha advertido a Alberto Núñez Feijóo de que en las negociaciones, que ahora parece que han quedado en stand by, después de la investidura fallida de María Guardiola y la falta de acuerdo en Aragón para la Mesa de las Cortes, Vox será «el doble de exigente» porque en las urnas los ciudadanos han pedido el doble de Vox.«Después de este maratón de elecciones,(…) podemos concluir que Feijóo ha cometido un grave error impidiendo que se llegasen a acuerdos con Vox tanto en Aragón como en Extremadura que fuesen parecidos a los del PP de la Comunidad Valenciana», ha sostenido Abascal. «Si el PP convocó esas elecciones para no aceptar las exigencias de vox y los extremeños y aragoneses han dicho que quieren el doble de exigencias, nosotros vamos ser el doble de exigentes», ha asegurado.Según ha expresado el líder de Vox, hay un «Gobierno criminal» enfrente y mientras un PP al que ve «absolutamente incapaz» de romper con Pedro Sánchez y de presentar una moción de censura contra él. Y cree que ambos están empeñados en «acabar» con su partido. «Son incapaces de debatir con nosotros sobre los problemas reales de las políticas que han aprobado desde hace décadas y que han impulsado desde Bruselas», ha criticado.

En este contexto ha indicado que es «muy difícil» entablar conversaciones para que haya un acuerdo con el PP y ha reclamado a los populares entablar «negociaciones serias, sin prisas, con medidas concretas» asociadas a presupuestos para poder acometerlas y con plazos y garantías de cumplimiento. «No son de fiar», cree Santiago Abascal.El líder de Vox ha hecho estas declaraciones desde el Parador de Gredos, tras una reunión con el Comité Ejecutivo Nacional, el Comité de Acción Política, los portavoces nacionales y los portavoces autonómicos.Una reunión que se produce a pocos días de las elecciones de Castilla y León, donde a partir de la semana que viene todo apunta a que tendrán que sentarse a hablar con el PP, y tras unos días de tensión a nivel interno, con la reciente expulsión definitiva de Javier Ortega Smith del partido y la apertura de expediente disciplinario a José Ángel Antelo. Ortega Smith este mismo lunes ha anunciado una denuncia contra la Ejecutiva de Vox por la «filtración» de su expediente de expulsión, y recursos contra su expulsión. Y Antelo ha pasado al grupo mixto en la Asamblea de Murcia.Abascal no ha aludido a ninguno de los dos, ya se pronunció al respecto la semana pasada y zanjó: «Nadie está obligado a estar en Vox. Quienes están en Vox están obligados a respetar las normas internas de Vox, sea el presidente o el último afiliado, y eso va a seguir siendo así».Respecto a las «mentiras, demonización y guerra sucia» contra su partido que achaca a Ferraz y a Génova, ha instado al PSOE y al PP a que «pierdan toda esperanza de destruirnos o de pararnos». «Tenemos el apoyo creciente del pueblo español».

Continue Reading
Advertisement
Advertisement Enter ad code here