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Tribunales

La perturbada Juana Rivas vuelve a denunciar a su expareja por violencia hacia sus hijos y pide que no regresen a Italia

AGENCIAS

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Juana Rivas ha denunciado ante el Juzgado de Instrucción 3 de Granada a su expareja, el italiano Francesco Arcuri, por presuntos delitos de violencia doméstica, lesiones y amenazas hacia los dos hijos menores que tienen en común y ha solicitado la adopción de medidas urgentes para protegerlos antes de que tengan que regresar con su padre a Italia el próximo 14 de agosto.

En la denuncia, a la que ha tenido acceso Europa Press, se expone que los hechos denunciados habrían ocurrido entre el 14 de mayo y el 6 de junio y que no se encuentran judicializados ni en España ni en Italia. Los pequeños, de 13 y 5 años, se encuentran pasando el verano con su madre, que deberá devolverlos el 14 de agosto al padre, el cual tiene su custodia exclusiva.

Rivas solicita que antes de esa fecha se adopten distintas medidas cautelares que aparten al padre de los niños hasta que se investiguen los hechos denunciados, como una orden de alejamiento e incomunicación, o la suspensión de la patria potestad. «Bien sea otorgándole a ella la guardia y custodia provisional, bien a la abuela materna o, en última instancia, pasando los menores a estar bajo la tutela de la Administración».

Juana Rivas, que ha sido condenada en España a cinco años de prisión por sustracción de menores tras no entregar en 2017 a sus hijos alegando una supuesta situación de maltrato, ha vuelto así a denunciar a su expareja este verano argumentando que recibió a los niños el pasado 7 de junio con «trastornos de sueño y crisis puntuales de ansiedad».

Amenazas de muerte

Afirma que le han relatado «haber seguido sufriendo maltrato, incluidas amenazas de muerte por parte de su padre en las semanas anteriores» a ser entregados para viajar a España.

Así las cosas, la madre expone en su denuncia que «preocupada por la sintomatología que presentan sus hijos (pesadillas, insomnio y cefaleas por parte del mayor y episodios de ira y agresividad por parte del pequeño cuando escucha algo referente a Italia) acudió el 19 de junio al centro de salud de Maracena (Granada), localidad en la que reside, donde fueron atendidos y derivados a la unidad de Salud Mental.

«La situación de vulnerabilidad y riesgo para la integridad física y psicológica de los menores se ha plasmado en el informe emitido por la psicóloga coordinadora de la Unidad de Salud Mental Comunitaria de Atarfe«, según se agrega en la denuncia, en la que se pide que se dé traslado de estos hechos a Italia.

Junto a ello se solicita la urgente adopción de medidas penales y civiles de protección de los menores antes de que tengan que regresar a Italia el próximo 14 de agosto.

Rivas recurrió el pasado mayo ante el Tribunal Supremo la sentencia que la condena a cinco años de prisión y seis sin la patria potestad por sustracción de menores, después de que en verano de 2017 permaneciera un mes en paradero desconocido con sus hijos incumpliendo las resoluciones que le obligaban a entregárselos al padre. Unas días antes la Fiscalía italiana archivó por falta de pruebas las ocho denuncias que ha presentado en los últimos años por maltrato contra su expareja.

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España

El juez del Tribunal Supremo que investiga al Fiscal General le acusa de «destruir pruebas». Pero aquí no dimite nadie

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El juez que investiga a García Ortiz le reprocha que haya hecho «desaparecer pruebas»

Hurtado señala la «falta de colaboración» del fiscal general del Estado por no haber comunicado al tribunal la eliminación de sus mensajes

El juez del Tribunal Supremo que investiga al fiscal general del Estado por revelación de secretos -por la filtración de datos reservados del empresario Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso- ha reprochado a Álvaro García Ortiz que haya hecho «desaparecer pruebas» de sus móviles, tras constatar la Unidad Central Operativa (UCO) que eliminó sus mensajes en los días claves de la divulgación de esa información confidencial sobre la investigación al empresario por fraude tributario.

Así lo pone de manifiesto el magistrado Ángel Hurtado en la resolución en la que -tras la queja del fiscal general sobre la incorporación de datos reservados a los informes de la UCO- acuerda que acusaciones y defensas puedan consultar los anexos de esos dictámenes en la propia secretaría del tribunal, para reducir así el riesgo de filtraciones. El instructor toma esta decisión tras recibir el último informe de la UCO, fechado el pasado día 21, que incorpora tres anexos sobre lo «cambios de móvil» del fiscal general

El instructor señala que «es una evidencia» que García Ortiz «ha hecho desaparecer pruebas que podrían encontrarse en sus terminales móviles» a lo largo de la instrucción. Y «aunque ha dado distintas explicaciones para hacerlo», añade, «de haber mostrado algún grado de colaboración con el esclarecimiento de los hechos, bien podía haberlo comunicado antes de llevar a cabo tal desaparición» y «no aprovechar» para llevar a cabo ese borrado masivo el mismo 16 de octubre del pasado año, «cuando es notorio que este Tribunal Supremo se declara competente para conocer de la causa, a raíz de auto de 15 de octubre».

«Precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia»

Ante esa eliminación de datos, y «el cauteloso «conjunto de precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia», como dice nuestra LECrim -asegura-, se han acordado diversas diligencias «para tratar de recuperar pruebas», para lo que «ha sido necesario acudir a la realización de una serie de medidas de investigación tecnológica en búsqueda de los dispositivos móviles con los que se presume que ha desplegado su actividad delictiva, en las que, previsiblemente, el propio investigado debió haberse representado la posibilidad de encontrar datos relativos a terceros, que no había razón para descartar que ofrecieran información que contribuyese a ese esclarecimiento de los hechos».

Hurtado se refiere de forma expresa a lo que señala a este respecto la Exposición de Motivos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) cuando se refiere -con el lenguaje propio de finales del siglo XIX- a la «desigualdad» de condiciones entre el investigado y el Estado en un procedimiento penal en la medida en que «desde que surge en su mente la idea del delito, o por lo menos desde que, pervertida su conciencia, forma el propósito deliberado de cometerlo», aquel «estudia cauteloso un conjunto de precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia y coloca al Poder público en una posición análoga a la de la víctima, la cual sufre el golpe por sorpresa, indefensa y desprevenida». Para restablecer esa igualdad, expone la norma procesal, «menester es que el Estado tenga alguna ventaja en los primeros momentos siquiera para recoger los vestigios del crimen y los indicios de la culpabilidad de su autor».

Y aunque deja claro que «no desconoce» que «carece de relevancia penal que un investigado llegue a hacer desparecer pruebas», añade que «tampoco se debe ignorar» que ese borrado de mensajes de su móvil (y también de las copias de seguridad, según ha constatado la UCO) «no tenga incidencia en el desarrollo de una instrucción penal».

La consulta de documentos, en el Supremo

Hurtado acuerda que, a partir de ahora, los anexos de los oficios que realice la UCO no se entregarán a las partes, que únicamente podrán consultarlos en la secretaría del alto tribunal. García Ortiz se quejó de una supuesta vulneración de la normativa de protección de datos por la divulgación de información reservada en los anexos a esos dictámenes.

El magistrado se ampara en el artículo 236 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que faculta a los jueces a adoptar las medidas necesarias para suprimir datos personales de resoluciones y documentos «siempre que no sean necesarios para garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva», y sin que en ningún caso, pueda producirse indefensión a las partes.

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