Tribunales
La Fiscalía investigará los incidentes que Ciudadanos denunció durante la marcha del Orgullo
La Fiscalía Provincial de Madrid ha iniciado diligencias a raíz de la denuncia presentada por Ciudadanos por los incidentes ocurridos durante la celebración del Orgullo Gay el pasado 6 de julio. Tras el escrache y acoso que varios miembros de la formación sufrieron los representantes del partido tuvieron que ser escoltados fuera de la marcha por parte de policías vestidos de paisano.
Ciudadanos presentó el pasado 10 de julio su denuncia ante la Fiscalía General del Estado, que la remitió a la Fiscalía de Madrid por ser el órgano competente de los hechos registrados en la capital. En dicha denuncia, la formación de Albert Rivera defendió haber sido objeto de «agresiones, insultos y vejaciones» durante la marcha por los derechos del colectivo LGTBI.
Líderes del partido aseguraron que ese acoso que sufrieron por parte de algunos participantes de la marcha fue «una clara maniobra organizada».
La entonces portavoz de la Ejecutiva de Cs y portavoz en el Congreso, Inés Arrimadas, afirmó que «fue una situación absolutamente intolerable que no cabe en democracia», y puso mucho énfasis en que se hizo en un día en el que se reivindican «la tolerancia, el respeto y la libertad».
«Un grupo de radicales intolerantes se dedicaron a intentar expulsar del Orgullo a personas por sus ideas. Los militantes LGTBI de Ciudadanos no pudieron manifestarse el día del Orgullo y eso es una vergüenza», insistió Arrimadas.
Ciudadanos solicitó también la dimisión del ministro del Interior en funciones, Fernando Grande-Marlaska, al considerar que alentó los abucheos e increpaciones que sufrieron durante la marcha.
En opinión del partido, Marlaska actuó de forma incendiaria al afirmar que era ilusiorio pensar que no tendría consecuencias «pactar con quien de una forma descarada, incluso obscena, trata de limitar los derechos humanos», criticando los acuerdos alcanzados con Vox en el Ayuntamiento de Madrid.
La denuncia de 37 páginas de Ciudadanos incluye numerosas fotografías de varios momentos de la manifestación, e incluso «pantallazos» de comentarios de usuarios de redes sociales y enlaces a noticias de todo tipo de medios de comunicación que cubrieron el hecho.
Entre las diligencias a practicar que proponía Ciudadanos están la «averiguación de la identidad del autor o autores» de los hechos, la declaración de los dirigentes del partido que estuvieron en la manifestación –Inés Arrimadas, Ignacio Aguado, Patricia Reyes, Miguel Gutiérrez, Marcos de Quinto y Melisa Rodríguez– y la identificación y citación como investigados de los propietarios de los perfiles de redes sociales donde se llevaron a cabo las «proclamas de odio».
Informes policiales
Tras lo ocurrido, la Jefatura Superior de Policía de Madrid emitió un primer informe donde se cuestionaba la actuación de Ciudadanos en la manifestación al concluir que «maniobró para catalizar la acción mediática y publicitaria». También sostenía que «no hay constancia de que se produjeran agresiones físicas» y acusaba a los representantes del partido de «no seguir en ningún momento las instrucciones policiales».
A los dos días de los incidentes, la vicealcaldesa de Madrid y dirigente de Ciudadanos, Begoña Villacís, acusó a la Policía Nacional de «tardar mucho en llegar» y actuar «de forma muy ineficiente cuando podía haber pasado cualquier cosa» durante la manifestación del Orgullo.
Ese mismo día, fuentes policiales apuntaron que la Policía Nacional desplegó 20 agentes de paisano en la comitiva de Ciudadanos durante la manifestación estatal del Orgullo para garantizar su seguridad y que se planteó en tres ocasiones su evacuación ante los ataques e insultos que estaban sufriendo.
«El dispositivo fue totalmente adecuado a las circunstancias y la Policía Nacional estuvo garantizando su seguridad en todo momento y sin retraso. Además, había furgonetas de la Unidad de Intervención Policial por si los incidentes iban a mayores».
Tras el primer informe, la Jefatura redactó otro «ampliado» que validaba el relato de los incidentes tras la participación de los dirigentes de Ciudadanos en la manifestación.
Este «informe ampliado» incluye «bastante información, sin modificar en lo sustancial» lo expuesto en el primer documento, con fecha de 8 de julio, y que fue criticado por Ciudadanos y algunos sindicatos policiales por su tono valorativo, poniendo en duda su autenticidad por la falta de firma y sello oficial o por los errores en los logotipos del Ministerio del Interior y de la Policía.
España
El juez del Tribunal Supremo que investiga al Fiscal General le acusa de «destruir pruebas». Pero aquí no dimite nadie
El juez que investiga a García Ortiz le reprocha que haya hecho «desaparecer pruebas»
Hurtado señala la «falta de colaboración» del fiscal general del Estado por no haber comunicado al tribunal la eliminación de sus mensajes
El juez del Tribunal Supremo que investiga al fiscal general del Estado por revelación de secretos -por la filtración de datos reservados del empresario Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso- ha reprochado a Álvaro García Ortiz que haya hecho «desaparecer pruebas» de sus móviles, tras constatar la Unidad Central Operativa (UCO) que eliminó sus mensajes en los días claves de la divulgación de esa información confidencial sobre la investigación al empresario por fraude tributario.
Así lo pone de manifiesto el magistrado Ángel Hurtado en la resolución en la que -tras la queja del fiscal general sobre la incorporación de datos reservados a los informes de la UCO- acuerda que acusaciones y defensas puedan consultar los anexos de esos dictámenes en la propia secretaría del tribunal, para reducir así el riesgo de filtraciones. El instructor toma esta decisión tras recibir el último informe de la UCO, fechado el pasado día 21, que incorpora tres anexos sobre lo «cambios de móvil» del fiscal general
El instructor señala que «es una evidencia» que García Ortiz «ha hecho desaparecer pruebas que podrían encontrarse en sus terminales móviles» a lo largo de la instrucción. Y «aunque ha dado distintas explicaciones para hacerlo», añade, «de haber mostrado algún grado de colaboración con el esclarecimiento de los hechos, bien podía haberlo comunicado antes de llevar a cabo tal desaparición» y «no aprovechar» para llevar a cabo ese borrado masivo el mismo 16 de octubre del pasado año, «cuando es notorio que este Tribunal Supremo se declara competente para conocer de la causa, a raíz de auto de 15 de octubre».
«Precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia»
Ante esa eliminación de datos, y «el cauteloso «conjunto de precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia», como dice nuestra LECrim -asegura-, se han acordado diversas diligencias «para tratar de recuperar pruebas», para lo que «ha sido necesario acudir a la realización de una serie de medidas de investigación tecnológica en búsqueda de los dispositivos móviles con los que se presume que ha desplegado su actividad delictiva, en las que, previsiblemente, el propio investigado debió haberse representado la posibilidad de encontrar datos relativos a terceros, que no había razón para descartar que ofrecieran información que contribuyese a ese esclarecimiento de los hechos».
Hurtado se refiere de forma expresa a lo que señala a este respecto la Exposición de Motivos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) cuando se refiere -con el lenguaje propio de finales del siglo XIX- a la «desigualdad» de condiciones entre el investigado y el Estado en un procedimiento penal en la medida en que «desde que surge en su mente la idea del delito, o por lo menos desde que, pervertida su conciencia, forma el propósito deliberado de cometerlo», aquel «estudia cauteloso un conjunto de precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia y coloca al Poder público en una posición análoga a la de la víctima, la cual sufre el golpe por sorpresa, indefensa y desprevenida». Para restablecer esa igualdad, expone la norma procesal, «menester es que el Estado tenga alguna ventaja en los primeros momentos siquiera para recoger los vestigios del crimen y los indicios de la culpabilidad de su autor».
Y aunque deja claro que «no desconoce» que «carece de relevancia penal que un investigado llegue a hacer desparecer pruebas», añade que «tampoco se debe ignorar» que ese borrado de mensajes de su móvil (y también de las copias de seguridad, según ha constatado la UCO) «no tenga incidencia en el desarrollo de una instrucción penal».
La consulta de documentos, en el Supremo
Hurtado acuerda que, a partir de ahora, los anexos de los oficios que realice la UCO no se entregarán a las partes, que únicamente podrán consultarlos en la secretaría del alto tribunal. García Ortiz se quejó de una supuesta vulneración de la normativa de protección de datos por la divulgación de información reservada en los anexos a esos dictámenes.
El magistrado se ampara en el artículo 236 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que faculta a los jueces a adoptar las medidas necesarias para suprimir datos personales de resoluciones y documentos «siempre que no sean necesarios para garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva», y sin que en ningún caso, pueda producirse indefensión a las partes.
