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Sociedad

¿Para esto queremos a un «Tribunal Supremo»? Evidentemente que el fútbol solo es «arte» para el populacho

Redacción

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En un caso donde la Fiscalía y La Liga pretendían que el pirateo de la señal de los partidos fuera tipificado como un delito contra la propiedad intelectual, que no ocurrió.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo tiene claro lo que es el fútbol. Ciertamente no es como una «obra» literaria científica o artística. Es simplemente un espectáculo deportivo. Nada más y nada menos. Se suele decir que lo evidente es lo que nadie ve hasta que alguien lo explica con claridad. Los 16 miembros del Pleno de esta Sala lo han hecho.

«El fútbol, desde luego, no es literatura. Tampoco es ciencia. Es cierto que en un partido de fútbol -en general, en cualquier espectáculo deportivo- pueden sucederse lances de innegable valor estético, pero interpretar esos momentos o secuencias de perfección técnica como notas definitorias de un espectáculo artístico puede
conducir a transgredir los límites del principio de tipicidad. Un partido de fútbol es un espectáculo deportivo, no artístico», dice la sentencia 546/2022, de 2 de junio.

A esa conclusión se llega «no sólo por la constatación empírica de que no faltan encuentros en los que el espectador no tiene oportunidad de apreciar ninguna jugada de valor artístico, sino porque en la búsqueda de la victoria se suceden acciones que se distancian sensiblemente de cualquier canon, sea cual sea el que se suscriba, de belleza artística», añaden los magistrados, entre los que hay constancia de seguidores del Real Madrid, el Atlético de Madrid y del Barcelona F.C.

Los 16 magistrados de la Sala –Manuel Marchena Gómez (presidente y ponente), Andrés Martínez Arrieta, Julián Sánchez Melgar, Miguel Colmenero Menéndez de Luarca, Juan Ramón Berdugo Gómez de la Torre, Antonio del Moral García, Andrés Palomo Del Arco, Ana María Ferrer García, Pablo Llarena Conde, Vicente Magro Servet, Susana Polo García, Carmen Lamela Díaz, Eduardo de Porres Ortiz de Urbina, Ángel Luis Hurtado Adrián, Leopoldo Puente Segura y Javier Hernández García– rechazan que la vulneración de los derechos exclusivos generados por la emisión de un encuentro de fútbol encaje en la noción de «obra o prestación literaria, artística o científica».

El Ministerio Fiscal y La Liga de Fútbol Profesional habían argumentado que, aún no siendo «obras audiovisuales», generan para su productor unos derechos «afines» y unas prestaciones patrimoniales evidentes.

Para el Pleno de esta Sala las grabaciones audiovisuales y las emisiones de entidades de radiodifusión están dentro del contenido material del derecho a la propiedad intelectual.

Por lo que estaba fuera de toda duda que la comunicación pública de esas grabaciones sólo es legítima con el debido permiso.

Otra cosa era considerar lo ocurrido como un delito contra la propiedad intelectual del artículo 270 del Código Penal, como pretendían la Fiscalía y La Liga de Fútbol Profesional, en vez de un delito relativo al mercado y a los consumidores, como se había sentenciado en primera y segunda instancia.

EL CASO

La primera instancia tuvo su origen en el Juzgado de lo Penal 7 de Valencia, que había condenado a J.L.L.A.G. a un delito leve relativo al mercado y a los consumidores, de carácter continuado con una multa de 720 euros (dos meses a 12 euros diarios).

En concreto, por haber retransmitido de forma continuada en las televisiones de sus tres bares –Bar Azahar, Phenomenon y El Castillo de los Quintos– varios partidos de fútbol sin el permiso de la Liga de Fútbol Profesional, propietaria de los derechos de explotación exclusiva.

Un interventor de La Liga acudió, el 20 de octubre de 2018, al Bar Azahar. Comprobó que entre las 15.20 y las 15.42 se podía ver en televisión el partido de La Liga entre el Valencia y el Leganés. De forma ilegal.

Después visitó Phenomenon, entre las 17.32 y las 18.02 y pudo verificar que también se estaba viendo otro partido de la primera división. El Villarreal-Atlético de Madrid. También de forma pirata.

El 23 de octubre de 2018 inspeccionó el Bar Castillo de los Quintos a las 17.45 horas. Nuevamente se podía ver otro partido, cuyos derechos pertenecían en exclusiva a La Liga, a través de una señal ilegal.

Después de eso, La Liga presentó la consiguiente denuncia. Un grupo de 4 agentes de la Policía Nacional inspeccionó los establecimientos citados. Comprobaron, el 11 de diciembre de 2018, que en todos ellos se estaba retransmitiendo el Barcelona-Tottenahm de forma pirata.

SENTENCIA CONFIRMADA EN SEGUNDA INSTANCIA

El tribunal de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia, en apelación, se pronunció en la misma línea que el Juzgado de lo Penal 7: Lo ocurrido era un delito leve relativo al mercado y a los consumidores, de carácter continuado.

Por lo que impuso las costas a La Liga, que no tiró la toalla.

La organización que preside Javier Tebas se adhirió al recurso de casación interpuesto por el Ministerio Fiscal.

Ambas partes argumentan que tanto el Juzgado de lo Penal 7 como la Sección Cuarta de la Audiencia de Valencia habían tipificado erróneamente el delito.

Debería haber sido calificado como un delito contra la propiedad intelectual del artículo 270 del Código Penal, en vez de un delito relativo al mercado y a los consumidores.

Dicho artículo dice que «será castigado con la pena de prisión de seis meses a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses el que, con ánimo de obtener un beneficio económico directo o indirecto y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya, comunique públicamente o de cualquier otro modo explote económicamente, en todo o en parte, una obra o prestación literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios».

Fue una apuesta en lo que en el mundo anglosajón se denomina «long shot», una posibilidad muy remota.

Había que intentarlo.

Pero no salió.

El Pleno de la Sala de lo Penal consideró excesivo tipificar lo ocurrido como un delito contra la propiedad intelectual.

Y se quedó en lo que era: en un delito leve relativo al mercado y a los consumidores, de carácter continuado.

Lo que se convirtió, con ello, en jurisprudencia de esta Sala.

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España

SIEMPRE LO HEMOS DICHO AQUÍ: Federico Trillo atribuye los atentados terroristas del 11M a comandos “enviados por Marruecos” y “bajo control de los servicios secretos franceses”

Redacción

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El exministro Federico Trillo ha atribuido este lunes los atentados terroristas del 11 de marzo de 2004 en Madrid a comandos “enviados por Marruecos” y “bajo control y coordinación de los servicios secretos franceses”. Así lo ha apuntado en el acto de presentación de su libro ‘Memorias de anteayer’, en el Círculo Ecuestre de Barcelona, presentado por el exdiputado del PP Manuel Milián Mestre.

Trillo ha expuesto una teoría sobre la autoría de los atentados del 11M que se contrapone a la que sostuvo el Gobierno de José María Aznar y que atribuía responsabilidades a ETA.

“Tengo la absoluta convicción de que fueron los comandos ‘moritos’, enviados por Marruecos, bajo control y coordinación de los servicios secretos franceses. Esa es mi conclusión. Siento ser tan claro”, ha afirmado.

Según Trillo, “tanto la CIA como el MI6 coinciden en que detrás de los moros había un servicio de inteligencia continental”. Trillo ha destacado la “torpeza” con la que su Gobierno gestionó aquella crisis, una gestión que “fue no mala, lo siguiente”.

El Gobierno de Aznar, ha comentado, cometió el “error” de no reunir al gabinete de crisis, lo que en ese momento dejó fuera del núcleo que debía analizar las causas y consecuencias de los atentados a los vicepresidentes Rodrigo Rato y Javier Arenas y al ministro de Defensa, el propio Federico Trillo.

“José María se encerró el jueves y el viernes con el ministro portavoz, Eduardo Zaplana, y el ministro del Interior, Ángel Acebes, y no quiso de ninguna manera que estuviéramos Rodrigo Rato, el ministro de Defensa o el vicepresidente Javier Arenas”, ha señalado.

Fraga sugirió relevar a Rajoy como candidato

También ha explicado que el expresidente gallego Manuel Fraga Iribarne, meses después de la derrota del PP en las elecciones generales de 2004, sugirió reemplazar a Mariano Rajoy como candidato del PP a la Moncloa.

En julio de 2004, ha recordado, Rajoy le pidió que fuera a hablar con Fraga para intentar convencerlo de que renunciara a presentarse a la reelección como presidente de la Xunta de Galicia.

Trillo se reunió con Fraga, que no solo no transigió con la idea de ceder paso como candidato a la reelección, sino que le dijo a su interlocutor: “No tenemos candidato a la presidencia del Gobierno”.

“A mí me había mandado Rajoy, que acababa de perder las elecciones, pero eran sus primeras elecciones. No podía admitir semejante planteamiento”, ha razonado Trillo, que ha justificado la derrota electoral de marzo de 2004 por el impacto del 11M. Según Trillo, en ese momento Fraga le sugirió dos nombres que a su juicio podrían relevar a Rajoy: “Tú o Alberto Ruiz Gallardón”.

Llama a “quitarnos de encima al tirano de Sánchez”

Refiriéndose a la política actual, se ha mostrado muy crítico con el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, que en su opinión no está a la altura del expresidente socialista Felipe González.

“Felipe nunca llegó al nivel de inmoralidad al que está llegando en este momento Sánchez”, ha afirmado Trillo, que ha hecho un llamamiento a “sacar del poder de España a esta mafia que está acabando con la idea de España misma”.

Y ha planteado: “Si fuimos capaces de quitarnos de encima aquellas corruptelas de González, a pesar de ser el mejor gobernante socialista que hemos tenido, deberíamos ser capaces de quitarnos a este tirano de encima”.

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