Opinión
Según una sentencia aberrante y canallesca, en España no existe el fraude de paternidad
Cuantas veces viene a cuento, siempre digo que en España, las mujeres pueden dejarse embarazar sin o con consentimiento de los hombres; una vez están en estado de buena esperanza, de preñez, de gravidez, pueden hacer dos cosas, o decírselo a los futuros padres u ocultárselo.
Si se lo dicen, pueden a su vez hacer múltiples cosas: permitir que ejerzan de padres o que no ejerzan, y por lo tanto, condenar a los hijos a ser huérfanos de padre, o por el contrario, permitir que ejerzan como tales, y participen en su educación y crianza.
También pueden no ocultárselo, y decidir de manera unilateral y arbitraria si traen a la vida al hijo o no traerlo; si deciden abortarlo, los padres no pueden hacer nada por evitarlo.
También pueden dar a luz y demandar, ante los tribunales, a los padres para solicitarles que participen en la manutención de los hijos, lo cual no lleva aparejado que les permitan participar en su educación y crianza… Es más, si los padres tuvieran la feliz ocurrencia de querer participar en la educación y crianza de los hijos, las madres siempre tendrán la última palabra… y para garantizarse un completo éxito en sus pretensiones de convertir a los hijos en huérfanos de padre, siempre les cabrá hacer uso de la “LVIOGEN”, ley de 28 de diciembre de 2004, de “violencia de género”. Me dirán alguno que me he olvidado que aún existen más variantes, como que las mujeres se casen, se dejen embarazar, sea con o sin consentimiento de los padres, y una vez traídos los hijos a este mundo, repudiar y desahuciar a los futuros padres… por supuesto que no me he olvidado de ello…
También existe otro factor más del que poco o nada se habla y que guarda relación con la promiscuidad y las infidelidades, y me refiero al fraude de paternidad. España en este aspecto no es diferente respecto de los países de nuestro entorno cultural y civilizatorio. En España respecto de este asunto todo lo que podemos hacer son conjeturas, pues no existen datos oficiales, ni estudios, ni control de clase alguna. Hay quienes dicen que uno de cada diez, otros uno de cada siete, otros afirman que los el número de hombres que están manteniendo a niños y niñas de los que no son padres biológicos es una cifra absolutamente escandalosa.
Ambos, papá y mamá) están obligados a la manutención a sus hijos, a facilitarles, dotarlos de todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido, asistencia médica […] educación e instrucción de los hijos, mientras sean menores de edad y aún después, cuando no hayan terminado su formación por causa que no les sea imputable.
A lo largo de siglos, siempre se ha aplicado la máxima de “Mater semper certa est” (la madre siempre es cierta), pero, ya estamos en el siglo XXI, por si alguno aún no se ha enterado, y existe la posibilidad de saber con certeza quién es el padre del niño, para eso existen las pruebas de ADN.
A pesar de ello, el Código Civil Español afirma en su Artículo 115, que la filiación matrimonial materna y paterna quedará determinada legalmente: 1.° Por la inscripción del nacimiento junto con la del matrimonio de los padres, y 2.° Por sentencia firme.
Para más INRi, el Código Civil en su Artículo 116, remacha que “se presumen hijos del marido los nacidos después de la celebración del matrimonio y antes de los trescientos días siguientes a su disolución o a la separación legal o de hecho de los cónyuges.” Y el Artículo 117, insisto, a pesar de que estamos en el siglo XXI, continúa diciendo que “nacido el hijo dentro de los ciento ochenta días siguientes a la celebración del matrimonio, podrá el marido destruir la presunción mediante declaración auténtica en contrario formalizada dentro de los seis meses siguientes al conocimiento del parto. Se exceptúan los casos en que hubiere reconocido la paternidad expresa o tácitamente o hubiese conocido el embarazo de la mujer con anterioridad a la celebración del matrimonio, salvo que, en este último supuesto, la declaración auténtica se hubiera formalizado con el consentimiento de ambos, antes del matrimonio o después del mismo, dentro de los seis meses siguientes al nacimiento del hijo.”
Evidentemente, son muchos más los detalles que contiene el Código Civil al respecto, pero como dice un buen amigo mío, “si estás casado, estás cazado”… Por si cupiera alguna duda, el artículo 136 del Código Civil determina que los hombres disponen de un año, desde que tengan conocimiento o sospechas de que el hijo que le atribuyen no es suyo, para poder actuar. Un año y ni una hora más. A partir de entonces, el hijo es legalmente tuyo para y por siempre.
Y, la pregunta obligada ¿Cuándo conviene hacerse la prueba de ADN? Pues, cuanto antes mejor, a ser posible cuando el niño o la niña estén recién nacidos. Y, ¡Ojo! En España, desde el 28 de diciembre de 2015 hacerle la prueba del ADN a un hijo, sin consentimiento de la madre, es legal.
Bien, pues, a pesar de todo lo que venimos hablando, el Tribunal Supremo de España ha rechazado que una mujer indemnice a su exmarido por ocultarle que no era el padre de su hijo y por haberle hecho pagar casi 60.000 euros por «pensiones alimenticias» tras el divorcio. El alto tribunal ha estimado así el recurso de casación interpuesto por la mujer contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz, que la había condenado a abonar a su ex marido más de 60.000 euros en concepto de devolución de las pensiones alimenticias fijadas en las sentencias de separación y divorcio, gastos y daños morales causados por la ocultación de la verdadera paternidad. En concreto, los magistrados de Cádiz habían sentenciado que la mujer pagase a su exmarido 45.971,56 euros por las pensiones alimenticias, 522,88 euros por gastos y 15.000 euros por daños morales.
Sin embargo, el Supremo descarta la indemnización al hombre por daños morales: «No se niega que conductas como esta sean susceptibles de causar un daño. Lo que se niega es que este daño sea indemnizable». Los magistrados admiten que el juicio de moralidad que se plantea en este caso es «indudablemente complejo y de consecuencias indudablemente negativas» para la familia afectada, si bien remarca que conductas como la de la mujer no contemplan indemnización de daño moral en caso de infidelidad y ocultación de ésta, pues lo que contempla la normativa es la separación o el divorcio, lo cual ya se ha producido.
Para el Supremo, que con esta sentencia dicta doctrina sobre si los efectos de una infidelidad, en este caso un hijo, son indemnizables por daños morales, la fidelidad son «deberes estrictamente matrimoniales y no coercibles jurídicamente con medidas distintas, como la nulidad matrimonial».
Por otro lado, el Tribunal Supremo de España considera que la mujer falsaria, no está obligada a devolver las denominadas “pensiones de alimentos”, alegando que el hijo, que ahora tiene 24 años, nació en el contexto de una relación de matrimonio y como tal se inscribió en el registro civil, por lo tanto en este marco se deben aplicar «las normas de protección de la familia». Esta función de protección, afirman los magistrados, «debía cumplirse y el hijo debía ser alimentado», lo cual, a su juicio, «impide que pueda solicitarse» la devolución de las pensiones alimenticias «por el hecho de que no coincida con la paternidad real».
Los magistrados basan su argumento de la no devolución en distintas sentencias de finales del siglo XIX y principios del XX, que confirman que «los alimentos no tienen efectos retroactivos»: «No se devuelven los alimentos como tampoco se devuelven los demás efectos asociados a estos derechos y obligaciones propias de las relaciones de los padres con los hijos», añade.
Para el Tribunal Supremo, «el derecho a los alimentos del hijo existía por el hecho de haber nacido dentro del matrimonio, y como consecuencia de esa apariencia de paternidad el padre hizo frente a todas las obligaciones que le correspondían, entre las que se encontraba no sólo la manutención económica, sino la de velar por él, educarlo, formarlo, representarlo y administrar sus bienes».
Los pagos de la manutención se hicieron, en definitiva, «como consecuencia de una obligación legalmente impuesta» entre el padre y el hijo, una relación que es «efectiva» hasta que se dicta una sentencia en la que se acredita que no existe tal vínculo biológico.
En definitiva, “cornudo y apaleado”, y nunca mejor dicho.
Así que ya saben: ¡Exijan que se les haga a sus hijos recién nacidos, la prueba de paternidad mediante el análisis de ADN! ¡El que avisa no es traidor!
Es más, habría que exigir que las pruebas de paternidad se hicieran de manera obligatoria, por ley, tal como, por poner un ejemplo, se hacen las pruebas de detección precoz de la sordera en la mayoría de los hospitales materno-infantiles de toda España.
Opinión
Cutre sanchismo bolivariano, corrupto y caprichoso. Por Jesús Salamanca Alonso
«Esa penetración en las instituciones se ha hecho de forma cutre, rácana y con intención de engorde de bolsillos, a pesar del desprestigio que ello supone…»
Ya no lo pueden ocultar. Se les ha visto enseguida el pelo de la dehesa y han mostrado un alto grado de chulería, bandolerismo e inusual acomodo sin importarles la ciudadanía. Con muy mala fe y peores intenciones, el sanchismo de bragueta caliente ha penetrado en las instituciones como elefante en cacharrería. Y lo han hecho con la colaboración y aquiescencia de esos pequeños partidos asalvajados, sin perspectiva, sin futuro y con miedo a quedar fuera del parlamento; me refiero a los socios del sanchismo, hoy corrompido por los cuatro costados, sin nada que ofrecer y mucho que penar por sus desmanes, presuntos delitos, comisiones ilegales, mordidas brutales, enriquecimiento ilícito, contrabando de joyas y cuentas opacas entre otras gracietas. Ayer decíamos que «el que paga por llegar, llega para robar». Y así ha sido. ¿Ha cambiado algo de ayer a hoy?
Esa penetración en las instituciones se ha hecho de forma cutre, rácana y con intención de engorde de bolsillos, a pesar del desprestigio que ello supone, el riesgo de ser juzgado y la garantía de ser un pasante más de centro penitenciario. Solo apreciaremos una brisa de esperanza cuando el castigo de la prisión acoja a los comisionistas, golpistas, francotiradores del deshonor, corruptos, titulares de «offshore» y abusadores aprovechados del Erario Público. Tranquilos que en Hacienda también se refugian algunos, como se ha podido comprobar. ¿Acaso creen que la cúpula del ministerio de Hacienda, recién dimitida, ha dado el paso por deporte? «Átate los machos, María Jesús, que empiezan a sonar esquilas, vociferar denunciantes y llegar documentación a quien debe basarse en ella y después condenar».
La situación política de corruptos, acosadores y jueces responsables se pone interesante. No hay más que fijarse en la judicialización del sobre de Víctor de Aldama. En este sentido, Donald Trump se ha comprometido a que, de no decir la verdad la «cacatúa» venezolana, acabará en prisión. Pero ha ido más lejos el «amenazador» presidente, de ahí que haya comprometido su palabra. Antes o después, y tras ser buenos amigos, Aldama y Delcy han acabado como el rosario de la Aurora. Para quien no lo sepa, o no lo recuerde, Delcy Rodr´guez ha sido la primera responsable de asesinatos, abundante narcotráfico, procuradora de presuntas riquezas con destino a Rodríguez Zapatero y ha saqueado el petróleo venezolano para dárselo a Cuba, lo que ha supuesto un incontable enriquecimiento para ella. Con ese petróleo no se podía traficar.
Me gustaría saber qué ha tenido que ver Delcy Rodríguez en la muerte de Paco Suárez. Tal vez, todo. No lo puede negar. Quizá nada tuvo que ver Zapatero. Yo no le creo capaz, pero no pongo la mano por un sanchista ni para colgar su abrigo. Están empezando a recoger lo que han sembrado. La delincuencia sanchista me agobia, delinquen más deprisa de lo que puedo abarcar. Hoy me entero que PDVSA estaba defendida por Baltasar Garzón; conste que lo cuenta el «Pollo» Carvajal, el mismo que acusa a Garzón de haberse «llevado mucho dinero», pero ni da pruebas ni lo aclara ni lo explica, ¿será que esa información no me ha llegado o es que tira la piedra y disimula la mano?
Tras las fechorías de Delcy, se nota que ha ganado en inseguridad sobre su persona. ¿Venían las «joyas de Nefertiti» en alguna de las cuarenta maletas del aeropuerto? Ha demostrado que colaboró con el PSOE a tiempo total, desde callar trapacerías hasta ocultar las mentiras que se han dicho sobre la falsa liberación de presos por parte de Zapatero y el episodio de Edmundo González, pasando por la posible entrega de mina de otro y joyas sin controlar tras expropiarlas, al menos es lo que cuenta el «Pollo», que más tiene de gallo que de cobardica. Eso, sí, el expresidente, Rodríguez Zapatero, que no vuelva a hablar de liberación de presos bolivarianos porque no lo ha hecho.
Esa falsa liberación y sus amenazas a presos del helicoide, tan solo son palabras vacías del ministro Albares para tapar su propia inutilidad en el exterior. No coincide lo dicho por el «joyero» Zapatero con lo que cuentan los presos y la ciudadanía venezolana. Al «Zapa», como le llaman en Caracas, le consideran una de las personas que más ha colaborado con el régimen y más daño ha hecho a los venezolanos, de ahí su miedo a que hablen Corina Machado, Trump, Edmundo González, Diosdado Cabello y el «Pollo» Carvajal. Ya solo le falta decir a Rodríguez Zapatero que el helicoide y la tumba eran un «resort», un invento de la oposición y un chiringuito financiero para los presos políticos, con ahorro obligatorio.
¿De dónde venía el dinero de las comisiones y mordidas de Rodríguez Zapatero y sus hijas? Canta, canta, José Luis, que te va a arder la lengua. Se habla de unos trabajos, llevados a cabo por las «góticas», que no tenían el valor de lo que ingresaban. ¿Y pensaba ZP que no se iban a investigar esas cantidades astronómicas? Todos sanchistas y «zapateristas» nos toman por imbéciles hasta que alguien los orina en la oreja para que crean que llueve. José Luis estaba convencido que nadie le metería mano por haber sido presidente. Demostraba ser un chulo de estantería, sin más, como Patxi López ante las preguntas del considerado y profesional de la comunicación, Vito Quiles.
A la vista de lo sucedido, estamos ante un mentiroso compulsivo y lo hemos visto en el tema de las joyas: ha dado varias versiones diferentes y difíciles de creer. Es tan torpe que, con tal de que nos creamos sus inventados relatos, lo mismos le da planchar huevos que freír corbatas o arrastrar catedrales. Si bien es tan chapucero y mentiroso como Sánchez, también es falso, corrupto y zángano, además de irresponsable. ¿A quién se le ocurre pringar a sus hijas en su trama, sabiendo que pueden acabar en prisión como él? El tiempo dará fe de cuanto digo. De momento, la doy yo. Al «Bambi» se le ha caído el sombrajo. Hoy tiene menos credibilidad que la directora general de la Guardia Civil, el DAO y la fiscalía general del Estado juntos.
¿Tendrá Zapatero la hombría, categoría moral y dignidad de renunciar al doctorado que la Universidad de León (ULE) le regalo por desconocimiento de sus fechorías y abusos posteriores? ¿Qué mérito y merecimiento tenía este señor? ¿Tendrá dignidad Fernández Mañueco para exigir a la ULE que le retire el doctorado?
Supongo que algo tendrá que decir la Junta de Castilla y León de este caso y de las acusaciones de corrupción al todavía presunto, y tal vez futuro imputado por la UCO, exalcalde soriano.

Pedro
07/07/2019 at 13:55
Es una sentencia realmente increíble. Un auténtico FALLO, y no solo el fallo final, sino todo el texto de la misma.
Con todo respeto hacia la jurisdicción, en su conjunto, no entiendo como puede haber jueces y juezas con menos sensibilidad social que un cerdo en su establo…
Pedro
18/11/2018 at 12:59
Es una sentencia realmente increíble. Un auténtico FALLO, y no solo el fallo final, sino todo el texto de la misma.
Con todo respeto hacia la jurisdicción, en su conjunto, no entiendo como puede haber jueces y juezas con menos sensibilidad social que un cerdo en su establo…