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España

El Congreso rechaza penalizar los referéndum ilegales con los votos del PSOE y sus socios

Redacción

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La portavoz del Grupo Popular en el Congreso, Dolors Montserrat, hoy durante su intervención

El Congreso ha tumbado la proposición de ley impulsada por el Partido Popular para penalizar la convocatoria de un referéndum ilegal con los votos del PSOE y de sus socios parlamentarios de la moción de censura. La iniciativa de los populares ha sido rechazada por 176 en contra, 165 a favor (PP, Cs y Foro) y cero abstenciones.

El texto del PP proponía introducir penas de prisión de tres a cinco años e inhabilitación absoluta por un tiempo superior entre tres y cinco años a la duración de la pena impuesta para la autoridad o funcionario que convoque o autorice la celebración de un referéndum ilegal. Los socialistas, no obstante, han alegado que el juicio del «procés» que se celebra en el Tribunal Supremo demuestra que el Código Penal funciona correctamente tal y como está redactado.

La portavoz en el Congreso del Partido Popular, Dolors Montserrat, ha sido la encargada de defender la iniciativa de su grupo en el debate parlamentario, donde ha reprochado que «el nacionalismo es el peor enemigo de la libertad y de la democracia» por lo que «recuperar el delito de convocatoria de referéndum ilegal es inexcusable para proteger los derechos y las libertades».

La portavoz popular ha tachado al PSOE de «cómplice» del soberanismo al recordar que fue el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero quien eliminó estas condenas del código penal. «Si votáis en contra ponéis en evidencia que estáis más cerca de Waterloo que de la Constitución», ha espetado Montserrat, a la bancada socialista. Asimismo, la popular ha defendido que con esta penalización los políticos secesionistas serían juzgados también por la consulta ilegal del 1 de octubre además de por si existió malversación, rebelión o sedición.

PSOE: «Dialogar no es ceder»

La réplica socialista la ha hecho el diputado del PSOE Juan Carlos Campo Moreno, quien ha sostenido desde la tribuna que el ordenamiento jurídico ya tiene «mecanismos suficientes para defender el orden constitucional» y ha criticado que la iniciativa popular no refuerza el Estado de derecho. «El problema está en que no terminan de entender que el código penal cumple una función constitucional que nadie puede eludir, pero no es un elemento para arrojar al adversario político», ha expresado Campo Moreno hacia la bancada popular.

Según Campo Moreno, el Gobierno de Pedro Sánchez siempre les ha trazado las líneas de la ley al soberanismo catalán, pero nunca ha abandonado la pretensión del diálogo. «Dialogar no es ceder, es la obligación de todos los demócratas, ha defendido el socialista, que le ha reprochado al PP que la iniciativa de penalizar las consultas ilegales « muestra su debilidad y su manera de hacer política».

ERC: «Votar no es delito»

Desde el PNV el diputado vasco Mikel Legarda ha expresado durante su breve intevención que les parece un «mero cálculo electoral» y «una torpeza penal y una torpeza polótica». Y la diputada de ERC Carolina Telechea ha salido a la palestra para clamar que «votar no es un delito». Además, Telechea ha reprochado al PP que «votar en un referéndum no es delito y trabajar por la independencia de forma pacífica no es delito» y ha apelado a as cargas de la Policial del 1-O para expresar que «impedir por la fuerza que la gente vote sí es un delito».

Por su parte, el diputado de Ciudadanos Ignacio Prendes ha exigido a Telechea que no «infantilice» a los ciudadanos asegurando que el referéndum de Cataluña «sólo» fue votar: «Las consecuencias sociales de votar las estamos viendo en Cataluña, votar no es un juego banal». Finalmente, Prendes ha asegurado que «quien vote en contra de la iniciativa está propiciando la impunidad de aquellos que quieren destruir nuestra democracia».

El debate tiene valor político en términos de precampaña electoral y los populares pretenden evidenciar las alianzas de Sánchez con el soberanismo y para reforzar su imagen contra el secesionismo. De hecho, Montserrat ha asegurado que «el rechazo de Sánchez a la propuesta del PP para recuperar las penas por los referéndums ilegales evidencia que puede liquidar España a cambio de La Moncloa».

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España

¿Es idóneo el cardenal Cobo como arzobispo de Madrid?

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La cuestión ya no es únicamente el Valle. La cuestión es el modo de ejercer la autoridad. Y cuando en el gobierno de la Iglesia se traspasan límites jurídicos, institucionales y prudenciales, lo que entra en juego no es una decisión concreta, sino la idoneidad misma para el cargo.

En el caso que nos ocupa, fue el cardenal José Cobo Cano quien firmó el “acuerdo” propuesto por el ministro Félix Bolaños sobre el futuro del Valle. No lo hizo la comunidad benedictina responsable del templo. No lo hizo la Conferencia Episcopal Española. No lo hizo tampoco, que se sepa, el Secretario de Estado de Su Santidad, pese a que posteriormente el propio cardenal haya sostenido en comparecencias públicas —según recogió el diario El País— que existiría un acuerdo directo con la Santa Sede. No fue el fruto de una deliberación colegiada. Fue una firma personal.

Pero lo más preocupante no es solo quién firmó, sino cómo se actuó. En un asunto de esta complejidad y gravedad institucional, se eludieron los procedimientos habituales de consulta, deliberación y contraste que caracterizan la actuación ordinaria de la Iglesia en materias sensibles. No hubo integración previa de la comunidad directamente afectada. No hubo conocimiento ni debate en el seno del episcopado. No hubo transparencia institucional. El acuerdo no se conoció por comunicación oficial, sino porque alguno o algunos de los actores que habían interpuesto recurso accedieron al expediente judicial y allí encontraron el texto suscrito.

Y el contenido del acuerdo explica la magnitud del escándalo. En él se sostiene que dentro del templo únicamente serían lugar estrictamente destinado al culto el altar y los bancos adyacentes, quedando el resto del espacio disponible para intervenciones promovidas por el Gobierno. En la práctica, se abría la puerta a actuaciones de carácter político e ideológico en el interior mismo de la Basílica, reduciendo el ámbito sagrado a un perímetro mínimo. Tras la firma, el Gobierno publicó el concurso público para la resignificación política e ideológica del Valle, incluyendo expresamente el interior del templo en los términos previstos en el texto suscrito por el cardenal. No es un detalle menor: el Ejecutivo no activó formalmente el procedimiento hasta contar con esa firma, que en apariencia le otorgaba cobertura para actuar dentro de la Basílica. La autorización personal del cardenal fue la condición que permitió al Gobierno dar el paso.

Aquí se añade un elemento especialmente grave. Si, como resulta evidente por la propia configuración jurídica del templo, el arzobispo de Madrid carece de competencia directa sobre la Basílica y sobre la comunidad monástica que la rige, entonces ofrecer esa cobertura al Gobierno implica algo más que una imprudencia interna: supone haber generado en el poder civil la apariencia de una habilitación que no podía otorgar. Actuar de ese modo, sabiendo desde el principio que no se posee la competencia necesaria, no solo desborda los límites internos de la Iglesia; introduce también una dimensión de deslealtad institucional frente al propio Gobierno, al que se presenta una capacidad de disposición inexistente.

Reducir el espacio sagrado a un perímetro mínimo y considerar el resto del templo susceptible de intervención gubernamental no es un matiz técnico. Es una redefinición profunda del concepto de lugar sagrado. El Código de Derecho Canónico no entiende el templo como una superficie fragmentable según criterios de oportunidad política. El espacio consagrado está destinado al culto en su integridad y protegido por un régimen jurídico específico que excluye su utilización para fines ajenos a su naturaleza religiosa. Lo firmado por el cardenal contradice sustancialmente lo previsto en el ordenamiento canónico para los templos consagrados, al admitir de hecho la implantación de actuaciones no litúrgicas y de carácter político en su interior. A ello se suma la inviolabilidad de los templos reconocida en los acuerdos Iglesia-Estado y la protección constitucional de la libertad religiosa de los fieles.

Además, la comunidad benedictina había interpuesto recurso contencioso-administrativo en defensa del templo y de su régimen jurídico. De ese dato se deduce que no existía una posición eclesial compartida ni consentimiento real por parte de quienes tienen responsabilidad directa sobre la Basílica.

En la penúltima Asamblea Plenaria de la Conferencia Episcopal Española, el episcopado apoyó unánimemente la labor de mediación del cardenal Cobo. Sin embargo, en la última Asamblea Plenaria, tras conocerse el “acuerdo” firmado, la posición cambió radicalmente. El secretario general y portavoz de la CEE, Monseñor García Magán, declaró ante los medios que en el asunto del Valle no habían sido ni convidados de piedra, que se preguntase directamente al cardenal Cobo y que ellos no sabían nada. No fue una ambigüedad diplomática. Fue un apartamiento explícito. El órgano asambleario de los obispos españoles que meses antes respaldaba la mediación se desmarcaba por completo del contenido firmado.

Pese a todo ello, tras la adjudicación del proyecto ganador del concurso, el cardenal manifestó públicamente su beneplácito. Y lo hizo en un contexto en el que la defensa jurídica de la sacralidad e integridad de la Basílica era pública, conocida y formalmente articulada en sede judicial. La oposición jurídica no era hipotética ni futura: estaba planteada. Aun así, el cardenal no adoptó una posición de prudente reserva. Expresó su respaldo explícito al proyecto que desarrollaba los términos del acuerdo firmado. No fue un silencio ni una ambigüedad: fue una toma de posición clara. La colaboración con las pretensiones del Gobierno no fue episódica; fue directa, persistente y coherente con la decisión inicial.

Aquí emerge el núcleo del problema: la confusión entre mediación y potestad, entre iniciativa personal y competencia real. Mediar no es disponer. La mediación no otorga jurisdicción para comprometer jurídicamente a terceros sin mandato expreso. El arzobispo de Madrid no tiene competencia directa sobre la comunidad monástica del Valle ni potestad para redefinir unilateralmente el estatuto interno de un templo con régimen singular. El respeto al derecho y a los procedimientos no es un formalismo burocrático: es la garantía frente a la arbitrariedad y el abuso de autoridad.

El derecho canónico exige que quien gobierna esté adornado de fe sólida, prudencia, sabiduría, celo por las almas y otras virtudes humanas que lo hagan apto para el ministerio. Debe gozar de buena fama y velar por la disciplina común, evitando abusos. La prudencia implica no ofrecer coberturas jurídicas inexistentes. El celo pastoral exige custodiar lo sagrado. Las virtudes humanas incluyen el respeto escrupuloso a los procedimientos y la conciencia de los propios límites.

En cualquier buen administrador —y con mayor razón en una alta jerarquía de la Iglesia— el respeto a los procedimientos y la prevención de arbitrariedades y abuso de poder son esenciales. Prescindir de ellos en un asunto de esta envergadura no es una simple torpeza estratégica; es un modo de proceder que compromete la confianza institucional.

Nada obligaba al cardenal a actuar así. No existía mandato colegial. No constaba consentimiento de la comunidad responsable. No había urgencia que justificara eludir los cauces ordinarios ni otorgar al Gobierno una habilitación que no podía conceder. La decisión fue personal. Y las consecuencias —recurso judicial, desmarque episcopal, controversia pública— también lo son.

Gobernar Madrid exige algo más que iniciativa. Exige conciencia clara de los límites jurídicos propios y ajenos, respeto al derecho y capacidad de actuar con prudencia en asuntos de máxima sensibilidad. Cuando esos principios se ignoran en un caso que afecta al corazón mismo de un templo y a la libertad religiosa de los fieles, la cuestión deja de ser coyuntural.

Un liderazgo razonable y prudente, ante la evidencia de un error inicial de tal magnitud, habría optado por otro camino: rectificar públicamente, reconocer la falta de integración y pedir disculpas a las partes directamente afectadas. Esa habría sido la respuesta coherente con la prudencia que exige el gobierno episcopal y con la responsabilidad que impone la magnitud del asunto. Sin embargo, ocurrió lo contrario. Lejos de corregir el rumbo, se sostuvo la decisión, se reafirmó el respaldo al proyecto impulsado por el Gobierno y, cuando el escándalo ya era inocultable, se desplazó el foco hacia la Secretaría de Estado de Su Santidad, sugiriendo que la responsabilidad última recaía en ella. Persistir en el error, reforzarlo y finalmente derivar la carga hacia otro nivel institucional no es un gesto de gobierno fuerte; es un despropósito difícil de justificar.

A la vista de los hechos, la pregunta ya no puede eludirse ni rebajarse a mera polémica coyuntural. Se formula con naturalidad en ámbitos eclesiales, en conversaciones discretas y en reflexiones públicas. No es una ocurrencia aislada ni una exageración retórica: es la duda que empieza a abrirse paso entre fieles y miembros del clero. Y esa duda es tan simple como grave: ¿Es verdaderamente idóneo el cardenal Cobo para gobernar la archidiócesis de Madrid?

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